RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN COMUNITARIA CIUDADANA PARA LA COMUNA DE QUILLÓN
Santiago, 22 de enero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 55 exento.
Vistos:
El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) La ley Nº 20.433 de 2010, que crea los Servicios de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 122 de 2010, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, que aprueba el Reglamento de la ley N° 20.433; e) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; f) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; g) El decreto N° 71, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los Gobiernos Regionales, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley N° 21.074, de 2018, del mismo Ministerio, sobre Fortalecimiento de la Regionalización del País; h) El decreto supremo N° 299, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere temporalmente a los Gobiernos Regionales competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y ejercidas a través de la Subsecretaría, relativas al procedimiento de otorgamiento y modificación de concesiones de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana; i) El decreto exento N° 116, de 03.03.2015, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, publicado en el Diario Oficial de 25.03.2015; j) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; k) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; l) La resolución exenta N° 941, de 28 de abril de 2023, de la Subsecretaría, que Aprueba Instructivo que Regula el Detalle del Procedimiento de Coordinación Interna entre la Subsecretaría y los Gobiernos Regionales para el ejercicio de las competencias identificadas en el decreto del literal g) de estos Vistos; m) La resolución exenta Nº 1.277, de 28.06.2024, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Segundo Cuatrimestre de 2024; n) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
Considerando:
El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, la Subsecretaría de Telecomunicaciones y diversos Gobiernos Regionales, entre ellos el Gobierno Regional de Ñuble, para optar al otorgamiento de Concesión de Radiodifusión Sonora, publicado en el Diario Oficial Nº 43.851, de 15.05.2024, rectificado por resolución exenta N° 1.186, de 13.06.2024, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial N° 43.879, de 18.06.2024; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Gore -Subtel Nº 97.101, de 01.08.2024, complementado por ingreso Gore -Subtel N° 106.376, de 22.09.2025; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante memorándum Nº 186/C, de 06.02.2025, complementado por memorándum N° 1.295/C, de 04.09.2025; d) La resolución exenta 7B Nº 1.045, de 19.06.2025, del Gobierno Regional de Ñuble, que asignó la concesión de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, para la comuna de Quillón, Región de Ñuble, a Centro Cultural Valle de Fe; e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones,
Decreto:
1.- Renuévese por un periodo de 10 (diez) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, para la comuna de Quillón, Región de Ñuble, otorgada mediante decreto exento de la letra i) de los Vistos a Centro Cultural Valle de Fe, RUT Nº 65.076.251-7, con domicilio en Humberto Laurie N° 241, comuna de Quillón, Región de Ñuble, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original, ratificadas por la concesionaria en su presentación del concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de Radiodifusión Comunitaria Ciudadana, señal distintiva XQK-235, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN
- Tipo de servicio : Radiodifusión Comunitaria Ciudadana. - Zona de servicio : Comuna de Quillón, Región de Ñuble. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 66 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión : 10 años. - Potencia máxima radiada : 25 W. - Frecuencia : 107,5 MHz. - Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF - Desviación máxima : ±75 kHz - Diagrama de Radiación : Direccional. - Ganancia antena : 5,18 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Dipolo Vertical. - Nº Antenas : 2. - Altura del centro de radiación : 16,5 m. - Pérdidas en cables, conectores y otros : 2,37 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
[imagen omitida]
Sin perjuicio de la potencia máxima radiada de 25 W autorizada a esta concesión, en cuanto elemento de su esencia, y a fin de cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4° de la ley 20.433, la concesionaria deberá operar con una potencia máxima en el transmisor de 13 W, atendidas la actual ubicación de su planta transmisora y demás instalaciones y el conjunto de las restantes características técnicas del sistema radiante autorizadas en el presente decreto.
UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio, Planta Transmisora y Sistema Radiante: Humberto Laurie N° 241, - Coordenadas Geográficas : 36º 44' 18" Latitud Sur.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 5.- En virtud de lo dispuesto en los artículos 13° y 14° de la ley N° 20.433, la concesionaria podrá difundir menciones comerciales, para lo cual deberá estar inscrita en el registro especial creado al efecto por la Subsecretaría, en cuyo caso se encontrará afecta al pago de derechos por utilización del Espectro Radioeléctrico. 6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.