PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL CARGO DE DIRECTOR DEL SERVICIO DE SALUD DEL LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS
Núm. 2 exento.- Santiago, 7 de enero de 2026.
Visto:
Lo dispuesto en el artículo 35° de la Constitución Política de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del Estado; en el artículo 81 letra a) del DFL N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en el Numeral I, N° 22 del artículo 1° del DS N° 19 de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882; y la resolución N° 36 de 2024 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón,
Decreto:
1.- Déjase sin efecto a contar del 24 de diciembre de 2025, decreto exento N° 50 de fecha 10 de noviembre de 2025, del Ministerio de Salud, sobre subrogancia en el cargo de Director/a del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O'Higgins. 2.- Establécese que, a contar del 24 de diciembre de 2025, el orden de subrogancia al cargo de Director/a del Servicio de Salud del Libertador Bernardo O'Higgins, en caso de ausencia o impedimento del titular, será el siguiente:
Primer orden de subrogancia Director/a Hospital de Rengo
Segundo orden de subrogancia Director/a Hospital de Santa Cruz
Tercer orden de subrogancia Subdirector/a Administrativo/a Hospital de San Fernando.
3.- El indicado orden de subrogancia solo podrá ser asumido si dichos cargos son desempeñados por personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta del citado Servicio de Salud, nombrados a través del Sistema de Alta Dirección Pública. 4.- El/La Director/a subrogante asumirá sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.
Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, Ximena Aguilera Sanhueza, Ministra de Salud. Transcribo para su conocimiento decreto exento N° 2, 7 de enero 2026.- Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yasmina Viera Bernal, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.
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