OTORGA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE SIERRA GORDA

Rango Decreto
Publicación 2026-02-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
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Santiago, 26 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 1.054 exento.

Vistos:

a)

El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley Nº 18.168 de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo Nº 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) La resolución exenta Nº 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; f) La resolución exenta Nº 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; g) La resolución exenta Nº 3.428, de 24.10.2022, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2022, y h) La resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

a)

El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Tercer Cuatrimestre de 2022, publicado en el Diario Oficial Nº 43.354, de 15.09.2022; b) Lo solicitado por la interesada mediante igreso Subtel Nº 200.175, de 23.11.2022; c) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº 556, de 08.05.2024; d) Lo dispuesto en el inciso 6º del artículo 13ºA de la ley; e) La resolución exenta Nº 551, de 04.04.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que llamó a sorteo para la asignación de concesiones de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada; f) El Acta que da cuenta de lo obrado en el sorteo realizado el 09.07.2025; g) Lo informado por la Subsecretaría mediante memorándum Nº1.050, de 21.07.2025; h) La resolución exenta Nº 1.732, de 25.09.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Sierra Gorda, Región de Antofagasta, a Acción Pública SpA; i) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión, y en uso de mis atribuciones,

Decreto:

1.- Otórgase una concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Sierra Gorda, Región de Antofagasta, a Acción Pública SpA, RUT Nº 77.326.842-8, con domicilio en Avenida Constitución Nº 593, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébase el proyecto técnico contenido en la solicitud de concesión presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para instalar, operar y explotar la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQA-778, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:

ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en - Zona de servicio : Localidad de Sierra Gorda, - Período de la concesión : 25 años. - Plazo inicio de obras : 5 días. - Plazo término de obras : 15 días. - Plazo inicio de transmisiones : 60 días. - Potencia : 220 W. - Frecuencia : 96,3 MHz. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES - Tipo de emisión : 180KF8EHF - Desviación máxima : +75 kHz - Diagrama de Radiación : Direccional. - Ganancia antena : 8,01 dBd de ganancia máxima. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Yagi de 2 elementos. - Nº Antenas : 2. - Altura del centro de radiación : 25 m. - Arreglo de antenas de acuerdo a la siguiente tabla:

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UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES - Ubicación del Estudio Principal : Avenida Constitución Nº 127, oficina 3, comuna de Casablanca, Región de Valparaíso. - Coordenadas Geográficas : 33º 19' 11" Latitud Sur. 71º 24' 37" Longitud Oeste. Datum WGS84. - Ubicación del Estudio Alternativo, Planta Transmisora y Sistema Radiante: Interior Mina Spence S/N, comuna de Sierra Gorda, Región de Antofagasta. - Coordenadas Geográficas : 22º 49' 25" Latitud Sur. 69º 11' 21" Longitud Oeste. Datum WGS84.

4.- Los plazos de inicio y término de obras, de inicio de servicio, que corresponden a días hábiles, se contarán a partir de la publicación en el Diario Oficial del presente decreto. 5.- El presente decreto de otorgamiento deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de éste dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 6.- La concesionaria no podrá iniciar los servicios sin que las obras e instalaciones hayan sido previamente autorizadas por la Subsecretaría. Para tales efectos, la concesionaria deberá solicitar por escrito la recepción de sus obras e instalaciones, la que se otorgará al comprobarse que éstas se encuentran correctamente ejecutadas y que corresponden al respectivo proyecto técnico aprobado. 7.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 8.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas, y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Claudio Marcelo Araya San Martín, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones (S). Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.