MODIFICA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA, PARA LA LOCALIDAD DE SAN ANTONIO

Rango Decreto
Publicación 2026-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
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Santiago, 9 de febrero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 155 exento.

Vistos:

a)

El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley; c) El decreto supremo N° 126 de 1997, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora; d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) El decreto supremo N° 493 de 14.11.1997, que otorgó la concesión, transferida a su actual titular mediante decreto exento N° 16 de 26.01.2021 y renovada mediante decreto exento N° 394 de 29.05.2025, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; f) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

a)

La resolución exenta N° 2.443 de 11.12.2025, que autorizó previamente la transferencia; b) El instrumento de fecha 23.12.2025; c) La solicitud de modificación, por cambio de titular de la concesión, ingreso Subtel N° 144.031 de 26.12.2025; y, en uso de mis atribuciones,

Decreto:

1.

Modifícase la concesión de radiodifusión sonora en frecuencia modulada, señal distintiva XQB-195, para la localidad de San Antonio, Región de Valparaíso, cuyo titular es sociedad Fast Net Comunicaciones S.A., RUT N° 96.770.070-3, según consta en el decreto supremo indicado en la letra e) de los Vistos, en el sentido que su nuevo titular es sociedad Radio Corporación SpA, RUT N° 96.677.320-0, con domicilio en Avenida Américo Vespucio N° 2701, comuna de Cerrillos, Región Metropolitana de Santiago. 2. La nueva concesionaria gozará de los mismos derechos y estará afecta a las mismas responsabilidades que su antecesor en la concesión. 3. El presente decreto de modificación debe publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde su notificación a la nueva concesionaria. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de éste dentro del plazo indicado, producirá la extinción de dicho acto administrativo por el solo ministerio de la ley sin necesidad de declaración alguna, de conformidad a lo previsto en el inciso final del artículo 23° de la ley. 4. Es obligación de la nueva concesionaria, el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y modificaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.