MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA SITES CHILE; S.A
MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA SITES CHILE S.A.
Santiago, 4 de febrero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 129 exento.
Vistos:
El decreto ley Nº 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la L ey. c) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. d) El decreto supremo Nº 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N° 99 de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones. f) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones. g) El decreto supremo Nº 129 de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Lo solicitado por la concesionaria mediante ingreso Subtel Nº 111.495 de 03.10.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que únicamente provee infraestructura física para telecomunicaciones, cuyo titular es Sites Chile S.A., RUT Nº 77.371.811-3, con domicilio en Nueva Tajamar N° 481 of. 1102 Torre Sur, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) torre de telecomunicaciones, destinada a soportar sistemas radiantes, según se indica a continuación:
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Los plazos máximos se indican a continuación.
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentado por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 4. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl. 5. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.