OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA TESTA LATINOAMERICANA COMUNICACIONES SpA

Rango Decreto
Publicación 2026-02-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES; SUBSECRETARÍA DE TELECOMUNICACIONES
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Santiago, 22 de diciembre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 145.

Vistos:

a)

El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N° 484, de 2007, Reglamento de Voz Sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que "faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar por orden de la Presidenta de la República". e) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.

Considerando:

a)

Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 62.626 de 13.05.2024. b) Que la solicitud otorga una concesión de aquellas que, conforme al inciso quinto del artículo 14° de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.

Decreto:

Otórgase la concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la empresa Testa Latinoamericana Comunicaciones SpA, RUT N° 77.640.753-4, con domicilio en calle Los Guindos N° 236, comuna de La Florida, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1.

La presente concesión de servicio público de telecomunicaciones, se compone de los elementos indicados a continuación:

2.

Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) nodo ubicado, según se indica a continuación:

[imagen omitida]

3.

El servicio se suministrará a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 4. La zona de servicio corresponde a todo el Territorio Nacional. 5. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:

[imagen omitida]

6.

Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 7. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 8. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.

Cursa con alcance el decreto N° 145, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División de Infraestructura y Regulación

Cursa con alcance el decreto N° 145, de 2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

N° OF19082/2026.- Santiago, 28 de enero de 2026.

La Contraloría General ha dado curso al documento del rubro, que otorga concesión de servicio público de telecomunicaciones a la empresa Testa Latinoamericana Comunicaciones SpA. Sin perjuicio de lo anterior, ese Ministerio deberá adoptar las medidas pertinentes para que los proyectos técnicos acompañados a las solicitudes de concesión como la de la especie, en lo sucesivo, señalen las coordenadas geográficas que permitan definir de manera detallada el emplazamiento de las instalaciones de que se traten.

Por orden de la Contralora General de la República.- Saluda atentamente a Ud., Carlos Cifuentes Vargas, Jefe de la División de Infraestructura y Regulación.

Al Señor Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Presente.

Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.