OTORGA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA VOIPTELPHONE TELECOMUNICACIONES SpA
Santiago, 30 de octubre de 2025.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 110.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) La resolución N° 36 de 2024, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón. d) El decreto supremo N° 103 de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. e) El decreto supremo N° 484 de 2007, Reglamento de Voz sobre Internet, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y sus modificaciones.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel N° 26.010 de 23.02.2024, complementado mediante ingreso Subtel N° 107.721 de 24.09.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de concesión.
Decreto:
Otórgase concesión de Servicio Público de Telecomunicaciones, a la sociedad Voiptelphone Telecomunicaciones SpA, RUT N° 76.552.515-2, con domicilio en General Del Canto N° 105, oficina 1207, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
La presente concesión de servicio público de telecomunicaciones se compone de los elementos indicados a continuación:
-Tipo de Servicio : Servicio Público de Telecomunicaciones. -Prestación específica : Voz sobre Internet. -Período de Vigencia : 30 años contados desde la publicación en el Diario Oficial del decreto que la autorice.
2 Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar un (1) nodo, según se indica a continuación:
Para la Región: Metropolitana de Santiago.
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El servicio se suministrará a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 3. La zona de servicio corresponde a todo el territorio nacional. 4. Los plazos de inicio y término de obras, y de inicio del servicio son los que a continuación se indican:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 7. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, tómese razón, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.