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PRORROGA VIGENCIA DE ARTÍCULO 116 BIS D) DEL DECRETO CON FUERZA DE LEY N° 458, DE 1975, DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO, CUYO TEXTO APRUEBA LA NUEVA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIONES, PARA LAS PROVINCIAS DE MARGA MARGA Y VALPARAÍSO DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Texto vigente a fecha 2026-03-04

Santiago, 21 de enero de 2026.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 3.

Visto:

Las facultades que me confiere el artículo 32 número 6 del decreto supremo N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile; la ley N° 16.391, que crea el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; el decreto ley N° 1.305, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que reestructura y regionaliza el Ministerio de la Vivienda y Urbanismo; el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuyo texto aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, en especial lo previsto en su artículo 116 bis D) inciso séptimo; lo dispuesto en el decreto supremo N° 84, de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declara como zonas afectadas por catástrofe a las provincias de Marga Marga y Valparaíso, de la Región de Valparaíso; la resolución exenta N° 86, de 2024, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, que fija texto del "Plan de Reconstrucción incendios Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana, Región de Valparaíso, 2024", aprobado por el Comité de Reconstrucción; el oficio ordinario N° 2289, de 2 de diciembre de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y

Considerando:

1.

Que las provincias de Marga Marga y Valparaíso de la Región de Valparaíso, fueron declaradas zonas afectadas por catástrofe mediante el decreto supremo N° 84, de fecha 2 de febrero de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, publicado en el Diario Oficial con fecha 3 de febrero de 2024. 2. Que, el artículo 116 bis D) del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuyo texto aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, establece normas especiales y procedimientos simplificados de aprobación y recepción para la regularización de construcciones y la aprobación de nuevas construcciones que se realicen en zonas declaradas afectadas por catástrofe. En particular, el inciso séptimo de la citada norma establece que las disposiciones que se establecen en el artículo 116 bis D) del ya referido cuerpo legal, tendrán un plazo de vigencia de dos años, a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial del decreto que declaró la zona afectada por catástrofe, plazo que se podrá prorrogar, mediante decreto supremo, hasta por igual período, por una sola vez. 3. Que, de acuerdo con lo anterior, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Valparaíso, mediante su oficio ordinario N° 2289, de fecha 2 de diciembre de 2025, señala que dicha prórroga es necesaria para la continuidad de las medidas contempladas en el "Plan de Reconstrucción incendios Viña del Mar, Quilpué y Villa Alemana, Región de Valparaíso, 2024", aprobado por el Comité de Reconstrucción, cuyo texto fue fijado mediante la resolución exenta N° 86, de 2024, del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, las que resultan indispensables para avanzar tanto en los procesos de reconstrucción como en la regularización de proyectos en las áreas afectadas por los incendios forestales en las provincias de Marga Marga y Valparaíso, evitando así la interrupción de procedimientos críticos para la recuperación urbana y habitacional que se desarrollan en estas.

Decreto:

Artículo único

Prorrógase por dos años la vigencia de las disposiciones contenidas en el artículo 116 bis D) del decreto con fuerza de ley N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, cuyo texto aprueba la nueva Ley General de Urbanismo y Construcciones, en las provincias de Marga Marga y Valparaíso de la Región de Valparaíso, declaradas zonas afectadas por catástrofe por el decreto supremo N° 84, de 2 de febrero de 2024, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a contar del vencimiento del plazo de dos años contados desde la publicación del decreto supremo antes citado.

Anótese, tómese razón y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento.- Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.