RENUEVA CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN FRECUENCIA MODULADA PARA LA LOCALIDAD DE OLIVAR ALTO
Santiago, 24 de febrero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 205 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría; b) La Ley N° 18.168 de 1982, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley; c) El decreto supremo N° 126, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba el Reglamento de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; d) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que faculta al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones para firmar "Por orden de la Presidenta de la República"; e) La resolución exenta N° 36, de 1987, de la Subsecretaría, que fija Norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora; f) La resolución exenta N° 479, de 1999, de la Subsecretaría, que fija Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión Sonora, y sus modificaciones; g) El decreto supremo N° 119, de 26.03.1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorga la concesión, publicado en el Diario Oficial de 19.05.1999, y sus modificaciones posteriores, transferida a la actual titular por decreto supremo N° 309, de 25.06.2001, del mismo Ministerio, y sus modificaciones; h) La resolución exenta N° 353, de 24.02.2023, de la Subsecretaría, que aprueba las Bases del Concurso Público de Radiodifusión Sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2023; e, i) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
El llamado a concurso público, efectuado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones para optar al otorgamiento de concesiones de radiodifusión sonora, correspondiente al Primer Cuatrimestre de 2023, publicado en el Diario Oficial N° 43.452, de 16.01.2023; b) Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N° 46.992, de 24.03.2023; c) Lo informado por la Subsecretaría, mediante Memorándum N° 2.450/C, de 03.05.2023; d) La resolución exenta N° 2.553, de 24.12.2025, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que asignó la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, para la localidad de Olivar Alto, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, a Fast Net Comunicaciones S.A.; e) Que no se dedujo reclamación en contra de la resolución exenta que asignó la concesión; y, en uso de mis atribuciones;
Decreto:
1.- Renuévese por un periodo de 25 (veinticinco) años, contados desde la fecha de publicación en el Diario Oficial del presente decreto, la concesión de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada para la localidad de Olivar Alto, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, otorgada mediante decreto supremo de la letra g) de los vistos, a Fast Net Comunicaciones S.A., RUT N° 96.770.070-3, con domicilio en Eliodoro Yáñez N° 1783, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria. 2.- Apruébense las especificaciones técnicas del proyecto técnico que sustentó la concesión original y sus modificaciones anteriores al concurso, ratificadas por la concesionaria en su presentación al concurso. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría. 3.- Facúltese a la concesionaria para continuar operando y explotando la estación de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada, señal distintiva XQC-315, cuyos elementos de la esencia de la concesión, características técnicas y ubicación de las instalaciones de la radioemisora serán los que a continuación se indican:
ELEMENTOS DE LA ESENCIA DE LA CONCESIÓN - Tipo de servicio : Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada. - Zona de servicio : Localidad de Olivar Alto, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Superficie delimitada por una intensidad de campo mayor o igual que 54 dB (µV/m), referida al punto de emisión de la señal. - Período de la concesión: 25 años. - Potencia : 250 W. - Frecuencia : 100,7 MHz. - Dado que la asignataria es la actual concesionaria, no se especifican los plazos de inicio y término de construcción de las obras e inicio de servicio.
CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LAS INSTALACIONES
- Tipo de emisión : 180KF8EHF - Desviación máxima : ±75 kHz - Diagrama de Radiación: Direccional. - Ganancia antena : 10,5 dBd de ganancia máxima sin tilt y -5,7 dBd de ganancia en el plano horizontal. - Polarización : Vertical. - Tipo de antenas : Yagi de 3 elementos. - Tilt eléctrico - N° Antenas : 4. - Altura del centro de radiación : 30,5 m. - Pérdidas en cables y conectores : 0,45 dB. - Otras pérdidas : 0,02 dB. - Diagrama de radiación horizontal de acuerdo a la siguiente tabla:
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UBICACIÓN DE LAS INSTALACIONES
- Ubicación del Estudio: Eliodoro Yáñez N° 1783, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago. - Coordenadas Geográficas: 33° 25' 47'' Latitud Sur. Datum PSAD56. - Ubicación de la Planta Transmisora y Sistema Radiante : Cerro Orocoipo, comuna de Requínoa, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. - Coordenadas Geográficas: 34° 13' 17'' Latitud Longitud Oeste. Datum WGS84.
4.- El presente decreto de renovación deberá publicarse en el Diario Oficial dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde que la Subsecretaría le notifique a la concesionaria que el decreto fue totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Dicha notificación se efectuará desde la casilla notificacionsubtel@subtel.gob.cl. La no publicación de este dentro del plazo indicado producirá la extinción de la concesión por el solo ministerio de la ley. 5.- La concesionaria estará afecta al pago de derechos por la utilización del Espectro Radioeléctrico, a contar de la fecha en que se le notifique que el presente decreto se encuentra totalmente tramitado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. 6.- Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones de la ley, reglamentos, normas técnicas y sus modificaciones, en lo que le sean aplicables.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.