MODIFICACIÓN DE CONCESIONES DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA ENTEL PCS TELECOMUNICACIONES S.A
Santiago, 4 de febrero de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 119 exento.
Vistos:
El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, Ley General de Telecomunicaciones, en adelante la Ley. c) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón. d) La resolución exenta N° 470, de 2013, y sus modificaciones posteriores, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que faculta a los Jefes de División y de Departamento para firmar "Por orden del Subsecretario de Telecomunicaciones" y delega las facultades que indica. e) La resolución exenta N° 1.117, de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la Norma Técnica para el Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900. f) Los decretos supremos N° 145 y N° 146, ambos de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgaron las concesiones y sus modificaciones posteriores.
Considerando:
Lo solicitado por la interesada, mediante ingreso Subtel N° 6.416, de 20.01.2025. b) Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.
Decreto:
Modifíquense las concesiones de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgadas a la empresa Entel PCS Telecomunicaciones S.A., RUT N° 96.806.980-2, con domicilio en Avenida Costanera Sur Río Mapocho N° 2760, Torre C Parque Titanium, Piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:
Autorízase a la concesionaria para instalar, operar y explotar una (1) Estación Base, en nueva infraestructura de telecomunicaciones, según se indica a continuación:
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La estación base se conectará a la red existente a través de medios propios o de terceros debidamente autorizados. 2. La infraestructura soporte de la estación base, se indica a continuación:
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Los plazos máximos se indican a continuación:
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Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados por la presente resolución, conforme a las disposiciones técnico-legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 5. La presente autorización está afecta al pago de derechos por utilización del espectro radioeléctrico, a contar de la fecha de publicación en el Diario Oficial de este decreto. 6. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables. 7. La notificación del presente acto autorizatorio se realizará desde la casilla partes@subtel.gob.cl.
Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.