OTORGA AMPLIACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS

Rango Decreto
Publicación 2026-03-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOS
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Por decreto supremo N° 146, del Ministerio de Obras Públicas, de fecha 29 de diciembre de 2025, tramitado con fecha 19 de enero de 2026, se otorgó a ESSBIO S.A., RUT N° 76.833.300-9, domiciliada en Avenida Arturo Prat N° 199, Torre B, piso 15, oficina N° 1501, Concepción, Región del Biobío, la ampliación de las concesiones de producción y distribución de agua potable y de recolección y disposición de aguas servidas, para la atención del sector denominado "Villa Los Artesanos de Ninhue", comuna de Ninhue, Región de Ñuble. La zona de concesión o territorio operacional de los servicios de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas, corresponderá a un área de aproximadamente 2,24 hectáreas, que se encuentra identificada y delimitada en el plano denominado "Solicitud Ampliación Territorio Operacional Concesión de servicios públicos sanitarios para la producción y distribución de agua potable y la recolección y disposición de aguas servidas para un área geográfica identificada como: Villa Los Artesanos de Ninhue Sistemas de Agua Potable y Aguas Servidas Provincia: Itata Comuna: Ninhue" del Plan de Desarrollo, que forma parte integrante del presente decreto. En el primer establecimiento (año 2029), se proyectan 32 arranques de agua potable y uniones domiciliarias de alcantarillado, valor que se mantendrá constante hacia el final del período de previsión (año 2039). El servicio público de producción de agua potable para la zona identificada, que se amplía por este decreto, será abastecido por las fuentes que se indican en el numeral 3.1. letra a), de la respectiva Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T.), sobre las cuales la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en los informes de títulos respectivos, que son suficientes para satisfacer la demanda de servicio, en los términos exigidos por el artículo 26° del DS MOP N° 1.199/04, y se encuentran afectos a la concesión, documentos que forman parte integrante del presente decreto. Las demás condiciones de prestación de los servicios otorgados en la ampliación son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T.) N° SC 16-08 B, que forma parte integrante del presente decreto. Cursa con alcances el decreto extractado, manifestando que en relación con lo señalado en el N° 8 de la parte dispositiva del acto examinado, cumple con precisar que para garantizar la prestación de los servicios y el cumplimiento del programa de desarrollo se podrá aceptar, además de boletas bancarias y pólizas de seguro, cualquier otra caución calificada como suficiente por la Entidad Normativa, conforme a lo establecido en el artículo 38 del decreto N° 1.199, de 2004, del Ministerio de Obras Públicas. Programa de Desarrollo, cronograma de inversiones, nivel tarifario, garantías y otros en decreto extractado, que se redujo a escritura pública con fecha 3 de febrero de 2026 ante don Heraclio del Carmen Rojas Vergara, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Concepción.-

Jorge Rivas Chaparro, Superintendente de Servicios Sanitarios.

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