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MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO INTERMEDIO DE TELECOMUNICACIONES, QUE ÚNICAMENTE PROVEE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PARA TELECOMUNICACIONES A LA EMPRESA ANDEAN TELECOM PARTNERS CHILE SpA

Texto vigente a fecha 2026-03-17

Santiago, 5 de marzo de 2026.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue: Núm. 236 exento.

Vistos:

a)

El decreto ley N° 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría. b) La Ley N° 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley. c) El decreto supremo N° 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. d) El decreto supremo N° 99, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el reglamento que establece los requisitos para obtener, instalar, operar y explotar concesiones de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente provean Infraestructura Física para Telecomunicaciones y sus modificaciones. e) La resolución exenta N° 3.774, de 2012, de la Subsecretaría que aprueba formato de solicitud y modificación de concesión de Servicios Intermedios de Telecomunicaciones que Únicamente proveen Infraestructura Física para Telecomunicaciones. f) El decreto supremo N° 187, de 2013, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión y sus modificaciones posteriores. g) La resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

Considerando:

a)

Lo solicitado por la concesionaria mediante Ingreso Subtel N° 141.145, de 18.12.2025. b) Que la solicitud modifica elementos de la concesión que conforme al inciso quinto del artículo 14° de la ley, se rigen por las normas establecidas en los artículos 15° y 16°, con excepción del trámite concerniente a la emisión del extracto y su publicación.

Decreto:

Modifícase la concesión de Servicio Intermedio de Telecomunicaciones, que Únicamente provea Infraestructura Física para Telecomunicaciones, cuyo titular es, Andean Telecom Partners Chile SpA, RUT N° 76.178.461-7 , con domicilio en Avenida Apoquindo N° 2827, piso 7, comuna de Las Condes, Región Metropolitana de Santiago, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes:

1.

Autorízase a la concesionaria para rectificar, el nombre de la comuna de una (1) Torre, según se indica a continuación:

[imagen omitida]

D.E. = Decreto Exento.

Las demás características técnicas, permanecerán inalterables, de conformidad al acto autorizatorio señalado en el punto 1 del presente documento. 2. Apruébase la solicitud presentada por la concesionaria, conforme a las disposiciones técnico legales que rigen el servicio de telecomunicaciones concedido. La documentación respectiva quedará archivada en la Subsecretaría de Telecomunicaciones. 3. El presente acto autorizatorio será notificado desde la casilla partes@subtel.gob.cl. 4. Es obligación de la concesionaria el conocimiento y cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y técnicas que regulan las telecomunicaciones, en lo que le sean aplicables.

Anótese, comuníquese, notifíquese a la interesada y publíquese en el Diario Oficial.- Por orden del Presidente de la República, Juan Carlos Muñoz Abogabir, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones. Lo que transcribo para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., Claudio Araya San Martín, Subsecretario de Telecomunicaciones.