ESTABLECE VEDA EXTRACTIVA PARA LOS RECURSOS CHORO ZAPATO Y CHORITO EN EL ÁREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA “LAFKEN-MAPU-LAHUAL”, EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, EN EL PERIODO QUE INDICA
ESTABLECE VEDA EXTRACTIVA PARA LOS RECURSOS CHORO ZAPATO Y CHORITO EN EL ÁREA MARINA Y COSTERA PROTEGIDA "LAFKEN-MAPU-LAHUAL", EN LA REGIÓN DE LOS LAGOS, EN EL PERIODO QUE INDICA
Por decreto exento N° 202600064 de este Ministerio, establécese una veda extractiva para los recursos Choro zapato, Choromytilus chorus, y Chorito, Mytilus chilensis, en toda la extensión que comprende el Área Marina y Costera Protegida "Lafken-Mapu-Lahual", definida en el DS N° 517 de 2005, del Ministerio de Defensa Nacional, durante 2 años, a contar de la publicación del presente decreto en conformidad con lo dispuesto en el artículo 174 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. El texto íntegro del decreto se publicará en los sitios de dominio electrónico de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura y del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura.
Valparaíso, 10 de marzo de 2026.- Julio Salas Gutiérrez, Subsecretario de Pesca y Acuicultura.
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