PONE TÉRMINO Y ESTABLECE NUEVO ORDEN DE SUBROGANCIA AL CARGO DE DIRECTOR/A DEL SERVICIO DE SALUD DEL RELONCAVÍ

Rango Decreto
Publicación 2026-04-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE SALUD; SUBSECRETARÍA DE REDES ASISTENCIALES
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Núm. 36 exento.- Santiago, 17 de marzo de 2026.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 81°, letra a) del DFL N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; lo señalado en el Numeral I, N° 22 del artículo 1° del DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; el artículo quincuagésimo noveno de la ley N° 19.882; la instrucción del Subsecretario de Redes Asistenciales de establecer un nuevo orden de subrogancia para el cargo de Director/a del Servicio de Salud; la resolución N° 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, de las materias de personal que se indican; y las facultades que me confieren el Art. 35° de la Constitución Política de la República de Chile.

Decreto:

1.- Pónese término a contar del 17 de marzo de 2026 al decreto Ex. N° 5, de fecha 13 de enero de 2026, del Ministerio de Salud sobre subrogancia en el cargo de Director/a del Servido de Salud del Reloncaví. 2.- Establécese que, a contar del 17 de marzo de 2026, el orden de subrogancia al cargo de Director/a del Servicio de Salud del Reloncaví, en caso de ausencia o Impedimento del titular, será el siguiente:

Primer orden de subrogancia Jefe/a Departamento de Auditoría Servicio de Salud

Segundo orden de subrogancia Subdirector/a Administrativo/a Servicio de Salud

Tercer orden de subrogancia Director/a de Atención Primaria Servicio de Salud

3.- El Indicado orden de subrogancia solo podrá ser asumido si dichos cargos son desempeñados por personal titular del segundo nivel jerárquico de la planta del citado Servicio de Salud, nombrados a través del Sistema de Alta Dirección Pública. 4. - El/la Director/a Subrogante asumirá sus funciones, en caso de ser necesario, a contar de la fecha indicada, sin esperar la total tramitación de este decreto.

Anótese y publíquese.- Por orden del Presidente de la República, May Chomalí Garib, Ministra de Salud. Transcribo para su conocimiento decreto exento N° 36, 17 de marzo de 2026.- Por orden de la Subsecretaría de Salud Pública.- Saluda atentamente a Ud., Yanara Bravo Montenegro, Jefa de la División Jurídica, Ministerio de Salud.

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