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AUTORIZA, POR GRACIA, A DON FERNANDO AGUSTIN POZO BRAVO PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES POR EL PERIODO QUE INDICA

Texto vigente a fecha 1980-05-04

AUTORIZA, POR GRACIA, A DON FERNANDO AGUSTIN POZO BRAVO PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES POR EL PERIODO QUE INDICA Santiago, 24 de Abril de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue: Núm. 3.348.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; Nº 527, de 1974; y Nº 991, de 1976, y Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior Nº 1.702, de 27 de Noviembre de 1973. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo UNICO

Autorízase, por gracia, a don Fernando Agustín Pozo Bravo, para reintegrar las imposiciones correspondientes al período comprendido entre el 1º de Febrero de 1948, y el 31 de Diciembre de 1950. La Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado, las que una vez integradas deberán ser consideradas en su jubilación por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.