APRUEBA CONVENCION RELATIVA A LAS ZONAS HUMEDAS DE IMPORTANCIA INTERNACIONAL, ESPECIALMENTE COMO HABITAT DE LAS AVES ACUATICAS
Núm. 3.485.- Santiago, 10 de Septiembre de 1980.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974, y 991, de 1976, y
Considerando:
El interés nacional en orden a preservar ciertas áreas del territorio, denominadas las zonas húmedas, y con ello las especies vivas que las habitan, debido a su especial importancia económica, cultural, científica y recreativa y porque su destrucción constituiría un daño irreparable al patrimonio de la nación,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo UNICO
Apruébase la Convención relativa a las Zonas Húmedas de Importancia Internacional, especialmente como Hábitat de las Aves Acuáticas, adoptada en la Conferencia Internacional sobre la Conservación de Zonas Húmedas y Aves Acuáticas, celebrada en Ramsar, Irán, el 2 de Febrero de 1971.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Alfonso Márquez de la Plata Irarrázabal, Ministro de Agricultura.- René Rojas Galdames, Ministro de Relaciones Exteriores.
Los que transcribo a US. para su conocimiento.- Ernesto Videla Cifuentes, Teniente Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.
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