FACULTA A LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE PARA TRANSFERIR TERRENOS QUE INDICA
Santiago, 6 de Noviembre de 1980.- S.E. el Presidente de la República de Chile, ha ordenado hoy promulgar el siguiente:
Núm. 3.507.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974, y 991, de 1976,
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente,
Decreto ley:
Artículo 1
Artículo 1º- Facúltase a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, para transferir en forma gratuita, a la Dirección de Bienestar de Carabineros de Chile, los terrenos ubicados en la localidad de Llo-Lleo inscritos a fojas 208 número 371, del Registro de Propiedades de 1936, a fojas 230 número 374 y Fs. 282 número 450 del Registro de Propiedades de 1940, todas del Conservador de Bienes Raíces de San Antonio.
Artículo 2
Artículo 2º- La transferencia referida en el artículo anterior estará libre de todo impuesto y del pago de derechos en el Conservador de Bienes Raíces respectivo. Será de cargo de la Dirección de Bienestar mencionada las cancelaciones de los gastos notariales ocasionados por el contrato correspondiente.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- MAURICIO POISSON EASTMAN, Vicealmirante, Comandante en Jefe de la Armada, Miembro de la Junta de Gobierno subrogante.- Raúl Benavides Escobar, Teniente General, Ministro de Defensa Nacional.- René Peri Fagerstrom, General Inspector de Carabineros, Ministro de Bienes Nacionales.
Lo que se transcribe para su conocimiento.- Víctor W. Vargas Cabrera, Coronel de Carabineros, Subsecretario de Carabineros MDN.
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