MODIFICA DECRETO LEY N° 2.683, DE 1979

Rango Decreto Ley
Publicación 1980-03-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
Historial de reformas JSON API

Santiago, 12 de Febrero de 1980.- Hoy se acordó lo que sigue: Núm. 3.218.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; N° 527, de 1974, y N° 991 de 1976. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo UNICO

Modifícase el decreto ley N° 2.683, de 18 de Mayo de 1979, que autoriza, por gracia, a don Rubén Efraín Benítez Gutiérrez para que reintegre imposiciones en la Caja de Previsión de Empleados Particulares, en el sentido que una vez integradas, la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a considerar dichos períodos en su jubilación.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Enrique Montero Marx, Coronel de Aviación (J), Subsecretario del Interior.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.