AUTORIZA, POR GRACIA, A DON RAUL ARAVENA CARRASCO, PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES Y LE RECONOCE TIEMPO SERVIDO

Rango Decreto Ley
Publicación 1980-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
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AUTORIZA, POR GRACIA, A DON RAUL ARAVENA CARRASCO, PARA REINTEGRAR IMPOSICIONES Y LE RECONOCE TIEMPO SERVIDO Santiago, 8 de Enero de 1980.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 3.114.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes N°s. 1 y 128, de 1973; N° 527, de 1974, y N° 991, de 1976, y Considerando: El informe favorable de la Comisión Especial de Beneficios por Gracia, creada por decreto supremo de Interior número 1.702, de 27 de Noviembre de 1973. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo UNICO

Autorízase, por gracia, a don Raúl Aravena Carrasco, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1° de Agosto de 1952 y el 27 de Mayo de 1955; desde el 1° de Enero de 1956 al 30 de Junio de 1959; entre el 1° de Febrero de 1960 y el 20 de Septiembre de 1961; desde el 10 de Noviembre de 1962 al 31 de Enero de 1963; entre el 1° de Agosto de 1964 y el 30 de Noviembre de 1964; desde el 1° de Enero de 1965 al 30 de Abril de 1965; entre el 1° de Julio de 1965 y el 31 de Agosto de 1965; desde el 18 de Abril de 1966 al 31 de Agosto de 1966; entre el 1° de Diciembre de 1967 y el 30 de Junio de 1968; desde el 1° de Septiembre de 1968 al 15 de Mayo de 1969; entre el 1° de Junio de 1969 y el 30 de Junio de 1969; desde el 1° de Octubre de 1969 al 31 de Octubre de 1969 y entre el 1° de Septiembre de 1970 al 30 de Septiembre de 1970. Reconócesele, asimismo, para todos los efectos legales y en especial para su jubilación los períodos servidos entre el 23 de Agosto y el 3 de Octubre de 1955; desde el 13 de Octubre al 31 de Diciembre de 1955; entre el 19 de Octubre de 1959 y el 1° de Febrero de 1960 y desde el 13 de Septiembre de 1972 al 1° de Noviembre de 1973. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja de Previsión de Empleados Particulares procederá a recibirlas.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Ignacio García Rodríguez, Subsecretario del Interior subrogante.

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