CREA COMISION PARA EL ALHAJAMIENTO DEL PALACIO DE LA MONEDA

Rango Decreto Ley
Publicación 1979-09-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
artículos 4
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Núm. 2.834.- Santiago, 8 de Agosto de 1979.- Visto: Lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974 y 991, de 1976, y

Considerando:

Que es necesario alhajar el Palacio de la Moneda en condiciones compatibles con su calidad de monumento histórico y sede del Gobierno de la República, La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente

Decreto ley:

Artículo 1

Créase una comisión especial, la que actuando en representación del Fisco, estará encargada del alhajamiento y habilitación del Palacio de la Moneda, y cuyos integrantes serán designados por el Presidente de la República.

Artículo 2

Facúltase al Presidente de la República para que, en el plazo de un año, por decreto expedido a través del Ministerio de Obras Públicas, establezca la organización, atribuciones y deberes de la Comisión, sin que rijan para estos efectos, ni para las designaciones a que se refiere el artículo anterior, ninguno de los requisitos, limitaciones, condiciones, prohibiciones y procedimientos de cualquier naturaleza aplicables al sector público. Asimismo, el Presidente de la República podrá eximir de los requisitos y modalidades señaladas en el inciso anterior, a los actos que lleve a efecto la Comisión en uso de las atribuciones que se le confieran, y establecer las franquicias tributarias y aduaneras que serán aplicables a tales actos.

Artículo 3

La Comisión a que se refiere el presente decreto ley contará con los recursos que el Ministerio de Obras Públicas ponga a su disposición, con cargo a los fondos destinados o que se destinen a la restauración del Palacio de la Moneda por las leyes de presupuesto de la Nación.

Artículo 4

Dicha Comisión se disolverá una vez que haya dado cumplimiento a sus objetivos, circunstancia que determinará el Presidente de la República por decreto supremo expedido a través del Ministerio de Obras Públicas.

Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- FERNANDO MATTHEI AUBEL, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- Patricio Torres Rojas, General de Brigada, Ministro de Obras Públicas.- Sergio Fernández Fernández, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda Atte. a Ud.- Simón Figueroa Martínez, Subsecretario de Obras Públicas.

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