APRUEBA CONVENIO COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE CHILE Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE COREA
Núm. 2.240.- Santiago, 14 de Junio de 1978.- Visto: lo dispuesto en los decretos leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 247 y 527, de 1974; 991, de 1976, y
Considerando:
La conveniencia de desarrollar las relaciones comerciales entre la República de Chile y la República de Corea mediante el intercambio de productos que se origine en el territorio de cualquiera de los dos países sobre la base de otorgamiento mutuo de franquicias. La Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente
Decreto ley:
Artículo UNICO
Apruébase el Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República de Corea, suscrito en Seúl, Corea, el 3 de Diciembre de 1977.
Regístrese en la Contraloría General de la República, publíquese en el Diario Oficial e insértese en la Recopilación Oficial de dicha Contraloría.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- JOSE T. MERINO CASTRO, Almirante, Comandante en Jefe de la Armada.- GUSTAVO LEIGH GUZMAN, General del Aire, Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea.- CESAR MENDOZA DURAN, General Director de Carabineros.- Enrique Valdés Puga, General de Brigada, Ministro de Relaciones Exteriores subrogante.- Sergio de Castro Spikula, Ministro de Hacienda.- Pablo Baraona Urzúa, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribo a US. para su conocimiento. Roberto Soto Mackenney, Coronel de Ejército, Subsecretario de Relaciones Exteriores.
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