CREA CARGOS EN LA PLANTA DEL SERVICIO DE SALUD CONCEPCION E INCREMENTA SU DOTACION MAXIMA
D.F.L. Núm. 11.- Santiago, 17 de octubre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República; en el inciso primero del artículo 3 de la ley Nº 19.414; el decreto con fuerza de ley Nº 2, de fecha 30 de septiembre de 1996 del Ministerio de Salud, que fija la Planta para el Servicio de Salud Arauco; las facultades que me confiere el artículo septuagésimo de la ley Nº 19.882 y lo solicitado por el Director del Servicio de Salud Concepción, para los funcionarios que se mencionan en los antecedentes que se acompañan, dicto el siguiente, Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Créanse a contar del 20 de octubre de 2003, en la Planta de Personal del Servicio de Salud Concepción, aprobada por el decreto con fuerza de ley Nº 13 de fecha 26 de junio de 1995, del Ministerio de Salud, específicamente en el párrafo "A) Planta de Directivos", un cargo grado 5 Directivo de Carrera y en el párrafo "B) Planta de Profesionales", dos cargos grado 5 y dos cargos grado 6.
Artículo 2
Increméntase, en el número de cargos que en el artículo precedente se crean para el Servicio de Salud Concepción, la Glosa "02: a1) Dotación máxima de personal ley Nº 18.834 - Nº de cargos" del presupuesto del Servicio de Salud Concepción, de la Partida 16, Capítulo 03, Programa 12 de la ley Nº 19.482, Ley de Presupuestos del Sector Público - Año 2003.
Artículo 3
El gasto que demande la creación de los cargos antes señalados se imputará al presupuesto del Servicio de Salud Concepción.
Anótese, tómese razón y publíquese.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Antonio Infante Barros, Ministro de Salud (S). Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud., Antonio Infante Barros, Subsecretario de Salud.
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