CREA CARGOS DE CARRERA QUE INDICA EN EL CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO, CONFORME AL INCISO CUARTO, ARTICULO SEPTUAGESIMO LEY 19.882

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 2003-12-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
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D.F.L. Núm. 35.- Santiago, 16 de octubre de 2003.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo septuagésimo de la ley Nº 19.882; la resolución exenta Nº 782, de la Presidenta del Consejo de Defensa del Estado, de fecha 21 de agosto de 2003; y, lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República, dicto el siguiente,

Decreto con fuerza de ley:

Artículo UNICO

Artículo único: Créanse en la planta de Profesionales del Consejo de Defensa del Estado dos (2) cargos grado 4º de la Escala Unica de Sueldos.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.

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