CREA CARGO DE CARRERA QUE INDICA EN LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES, CONFORME AL INCISO CUARTO ARTICULO SEPTUAGESIMO DE LA LEY Nº 19.882

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 2003-12-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE ECONOMÍA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION; SUBSECRETARIA DE ECONOMIA; FOMENTO Y RECONSTRUCCION
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CREA CARGO DE CARRERA QUE INDICA EN LA SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLES, CONFORME AL INCISO CUARTO ARTICULO SEPTUAGESIMO DE LA LEY Nº 19.882 D.F.L. Núm. 4.- Santiago, 29 de agosto de 2003.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República, en el artículo septuagésimo de la ley Nº 19.882 y en la resolución Nº 1.448, de 19 de agosto 2003, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles,

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Artículo 1º : Créase en la planta de personal de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles el cargo que se indica, en el grado que se señala, de la Escala Fiscalizadora en la Planta de Profesionales:

1 Profesional Grado 8º E.F.

Anótese, tómese razón y publíquese.- JOSE MIGUEL INSULZA SALINAS, Vicepresidente de la República.- Jorge Rodríguez Grossi, Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción. Lo que transcribe para su conocimiento.- Saluda atentamente a usted, Alvaro Díaz Pérez, Subsecretario de Economía, Fomento y Reconstrucción.

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