DETERMINA PARA LOS SERVICIOS PUBLICOS QUE INDICA, DEPENDIENTES O RELACIONADOS CON EL MINISTERIO DE MINERIA, LOS CARGOS QUE TENDRAN LA CALIDAD DE ALTOS DIRECTIVOS PUBLICOS
D.F.L. Núm. 45.- Santiago, 22 de diciembre de 2003.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo decimoquinto transitorio de la ley Nº 19.882, dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo UNICO
Otórgase la calidad de altos directivos públicos a los cargos que se señalan, contenidos en las plantas de personal de los siguientes órganos y servicios públicos:
1.- COMISION CHILENA DE ENERGIA NUCLEAR
Primer Nivel Jerárquico Director Ejecutivo 2º 1 Segundo Nivel Jerárquico Jefes Deptos. 4º 6
2.- COMISION CHILENA DEL COBRE
Primer Nivel Jerárquico Vicepresidente Ejecutivo I 1 Segundo Nivel Jerárquico Fiscal II 1 Directores III 3
3.- SERVICIO NACIONAL DE GEOLOGIA Y MINERIA
Primer Nivel Jerárquico Director Nacional 1 1 Segundo Nivel Jerárquico Subdirector Nacional Geología 3 1 Subdirector Nacional Minería 5 1
Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Alfonso Dulanto Rencoret, Ministro de Minería. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.
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