TRASPASA CARGO DE LA DIRECCION DE PRESUPUESTOS A LA DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
DFL Núm. 3.- Santiago, 5 de mayo de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me confiere el artículo segundo transitorio de la Ley Orgánica de la Dirección Nacional del Servicio Civil, contenida en el artículo vigésimo sexto de la ley 19.882.
Decreto con fuerza de ley:
Artículo PRIMERO
Artículo primero: Traspásase a la Dirección Nacional del Servicio Civil al funcionario, don José Samuel Jara León, Profesional a contrata grado 9º de la Escala Unica de Remuneraciones, de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda. Este traspaso no será considerado como causal de término de servicios, supresión de cargo, cese de funciones o término de la relación laboral. Tampoco significará disminución de remuneraciones ni modificaciones de sus derechos estatutarios y previsionales. Cualquier diferencia de remuneraciones deberá ser pagada por planilla suplementaria, la que se absorberá por los futuros mejoramientos de remuneraciones que correspondan al funcionario, excepto los derivados de reajustes generales que se otorguen a los trabajadores del sector público. Dicha planilla mantendrá la misma imponibilidad que aquella de las remuneraciones que compensa.
Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.
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