DETERMINA PARA EL MINISTERIO DE BIENES NACIONALES, LOS CARGOS QUE TENDRAN LA CALIDAD DISPUESTA EN EL ARTICULO 7º BIS DE LA LEY Nº 18.834

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 2004-10-01
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
artículos 1
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D.F.L. Núm. 22.- Santiago, 15 de junio de 2004.- Visto: lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo séptimo transitorio de la ley Nº 19.882, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Otórgase la calidad de cargos de carrera, en el Ministerio de Bienes Nacionales, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar: Subsecretaría de Bienes Nacionales

Denominación Jefes de Departamentos 5º 6 Jefes de Departamentos 6º 7

Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Jaime Ravinet de la Fuente, Ministro de Bienes Nacionales. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.

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