ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLCHOL
D.F.L. Núm. 3/19.944.- Santiago, 12 de Noviembre de 2004.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 61 y en el inciso 2º del artículo 88 de la Constitución Política de la República y las facultades que me confiere el artículo 2º transitorio, de la Ley Nº 19.944, que crea la Comuna de Cholchol, y
Considerando:
1.- Que la Ley Nº19.944, otorga facultades al Presidente de la República para fijar la planta de personal de la Municipalidad de Cholchol y los requisitos de ingreso y promoción de los cargos, y para determinar el porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Nueva Imperial que deberán ser adscritos a la planta de la Municipalidad de Cholchol. 2.- Que para la determinación del porcentaje de cargos de planta de la Municipalidad de la comuna originaria, que deberá adscribirse a la planta de la Municipalidad de Cholchol, corresponde ponderar la proporción de la población aportada a la comuna de Cholchol, por la comuna originaria, y que además, la señalada proporción deberá determinarse, cuando sea procedente, respecto de cada una de las plantas reguladas en la Ley Nº18.883. 3.- Que para el ejercicio de la facultad antes mencionada, deben considerarse necesariamente los requerimientos de personal de la Municipalidad de Nueva Imperial, tanto respecto al total de cargos que componen su planta de personal, como a la estructura de las plantas que la integran, para asegurar de tal forma un adecuado y oportuno cumplimiento de las funciones que le competen, dicto el siguiente:
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo 1
Fíjase la siguiente planta de personal para la Municipalidad de Cholchol.
PLANTA
ALCALDES Alcalde 5º 1
DIRECTIVOS Administrador 7º 1 Municipal
Secretario Comunal 7º 1 de Planificación
Director de 7º 1 Desarrollo Comunitario
Director de 7º 1 Obras Municipales
Director de Control 8º 1
Secretario Municipal 8º 1
Directivo
PROFESIONALES
Profesionales 8º 3 Profesionales 9º 2
JEFATURAS Jefatura 9º 1 Jefatura 10º 1
TÉCNICOS Técnico 11º 1 Técnico 12º 1 Técnico 13º 1 Técnico 14º 1
ADMINISTRATIVOS Administrativos 13º 2 Administrativos 14º 2 Administrativos 15º 3
AUXILIARES Auxiliares 15º 2 Auxiliares 16º 2 Auxiliar 17º 1 Auxiliar 18º 1
Artículo 2
Establécense los siguientes requisitos específicos para el ingreso y promoción en los cargos que se indican:
PLANTA CARGOS GRADOS REQUISITOS
DIRECTIVOS Director de 7º Requerirá Control alternativamente
Secretario 8º Requerirá título Municipal profesional de
PROFESIONALES Profesional 8º Un cargo requerirá
JEFATURAS Jefatura 9º Requerirá,
AUXILIARES
Auxiliar 15º Un cargo requerirá
Auxiliar 16º Un cargo requerirá
Artículo 3
Determínase el siguiente porcentaje de los cargos de planta de la Municipalidad de Nueva Imperial que, conforme a lo dispuesto por el artículo 2º transitorio de la Ley Nº19.944 deberán ser adscritos a la planta de personal establecida en el artículo 1º precedente.
PLANTA PORCENTAJE Profesionales 25 % Técnicos 7 % Administrativos 33,3 % Auxiliares 11 %
Artículo 4
De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 1º transitorio de la Ley Nº19.944 destínase un 26 % del total del Fondo Común Municipal de la comuna de Cholchol correspondiente al año 2004, para financiar la instalación del respectivo municipio.
Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- José Miguel Insulza Salinas, Ministro del Interior.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud., Jorge Correa Sutil, Subsecretario del Interior.
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