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DETERMINA, PARA EL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y SERVICIOS PUBLICOS QUE INDICA, LOS CARGOS QUE TENDRAN LA CALIDAD DISPUESTA EN EL ARTICULO 7º BIS DE LA LEY N° 18.834

Texto vigente a fecha 2004-12-29

D.F.L. Núm. 36.- Santiago, 2 de diciembre de 2004.- Visto: lo dispuesto en el artículo 61 de la Constitución Política de la República y la facultad que me ha conferido el artículo séptimo transitorio de la ley Nº19.882 y el artículo 33 de la ley Nº 19.985, dicto el siguiente:

Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Otórgase la calidad de cargos de carrera, regidos por el artículo 7º bis de la ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, a los que se pasan a señalar, respecto del Ministerio y Servicios que se indican: a) Secretaría y Administración General del Ministerio de Relaciones Exteriores

Denominación Jefes de Departamentos Jefes de Departamentos Jefes de Departamentos Jefes de Departamentos Jefes de Departamentos

b)

Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales

Denominación Jefes Departamento 5° 9 Jefes Departamento 7° 4

c)

Dirección Nacional de Fronteras y Límites del Estado

Denominación Jefes de Departamento 5° 4 Jefes de Departamento 7° 2

d)

Instituto Antártico Chileno

Denominación Jefe de Departamento 7° 1 Jefes de Departamentos 9° 2

Anótese, tómese razón y publíquese.- RICARDO LAGOS ESCOBAR, Presidente de la República.- Nicolás Eyzaguirre Guzmán, Ministro de Hacienda.- Ignacio Walker Prieto, Ministro de Relaciones Exteriores. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud., María Eugenia Wagner Brizzi, Subsecretaria de Hacienda.