MODIFICA LEY ORGÁNICA DE ADUANAS PARA EFECTUAR ADECUACIONES EN MATERIA DE JURISDICCIÓN DERIVADAS DE LA CREACIÓN DE LAS XIV Y XV REGIONES
DFL Núm. 4.- Santiago, 7 de febrero de 2008.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 64 de la Constitución Política de la República de Chile y la facultad que me confiere el inciso primero del artículo 36 de la ley Nº 20.233.
Decreto con fuerza de ley:
Artículo UNICO
Artículo único: Modifícase el artículo 14 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, cuyo texto fue aprobado por el decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda, en el siguiente sentido:
a. Agrégase el siguiente numeral 1 nuevo, pasando el actual numeral 1 a ser 2 y así sucesivamente:
"1.- Arica, con jurisdicción sobre la XV Región.".
b. Reemplázase en el actual numeral 7, que ha pasado a ser 8, la expresión "la X Región" por la expresión "la X y XIV Región".
Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- María Olivia Recart Herrera, Ministra de Hacienda (S). Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Juan Luis Monsalve Egaña, Jefe de Gabinete Ministro de Hacienda.