ADECUA PLANTA Y ESCALAFONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SUBSECRETARIA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-03-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE JUSTICIA
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ADECUA PLANTA Y ESCALAFONES DEL MINISTERIO DE JUSTICIA, SUBSECRETARIA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Santiago, 13 febrero de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. N° 1/90.- Visto las facultades que me confieren los artículos 1°, 2° y 13° transitorios y el artículo 7° de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:

Artículo UNICO

Artículo único: Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Subsecretaría de Justicia a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: ------------------------------------------------------- SITUACION ACTUAL ------------------------------------------------------- Escalafón/Cargos Grados N° de Planta/Cargos Grados N° Cargos de Cargos ------------------------------------------------------- I.- CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA Directivos Superiores Directivos Jefe OPLAP Jefes de División 3° 3 Jefe de División 3° 4 Secretarios Secretarios Regionales Regionales Ministeriales II.- CARGOS DE CARRERA Directivos Superiores Directivos Jefes de Jefes de Departamento Directivos Jefe de Jefes de Departamento Jefe Of. Jefe de Presupuesto Jefe Of. RR.PP. y Jefe de CC.SS. Jefaturas A Jefe de Sección Jefes de Sección 10° 4 Jefes de Oficina 10° 4 Jefatura B Jefe de Oficina 13° 1 Jefe de Oficina 13° Jefe de Presupuesto Jefes de Presupuesto 13° 2 Jefe de Oficina 13° 3 -- -- 20 20 Profesionales Universitarios Profesionales Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitarios Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario Profesional Universitario -- -- 30 30 Contador Técnicos Contador Contador -- -- 2 2 Secretaria Ejecutiva Administrativos Secretaria Ejecutiva Secretaria Ejecutiva Secretaria Ejecutiva Secretaria Ejecutiva Secretaria Secretaria Oficial Administrativo Administrativos Oficial Administrativo 14° 10 Administrativos 14° 15 Secretaria Secretaria Oficial Administrativo Administrativos Oficial Administrativo 15° 1 Administrativos 15° 3 Oficial Administrativo 16° 2 Administrativos 16° 2 Secretaria Secretaria Oficial Administrativo Administrativos Oficial Administrativo 17° 3 Administrativos 17° 6 Oficial Administrativo 18° 1 Administrativo 18° 1 Oficial Administrativo 19° 2 Administrativos 19° 2 Oficial Administrativo 20° 1 Administrativo 20° 1 -- -- 33 33 Mayordomo Auxiliares Mayordomo Chofer Chofer Auxiliar Auxiliar Chofer Chofer Auxiliar Auxiliar Auxiliar Auxiliar -- -- 10 10 Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: 1.- PLANTA DE DIRECTIVOS: a) Cuatro de los Cargos de Jefe de Departamento, grado 4° de la Escala Unica de Sueldos, deberán tener el título de Abogado. Los dos cargos restantes de Jefe de Departamento, grado 4° de la Escala Unica de Sueldos, deberán acreditar título profesional de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. b) Dos de los cargos de Jefe de Departamento, grado 5° de la Escala Unica de Sueldos, deberán tener título de Abogado. Los dos cargos restantes de Jefe de Departamento, grado 5° de la Escala Unica de Sueldos, deberán acreditar título profesional de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. c) Un cargo de Jefe de Sección, grado 6° de la Escala Unica de Sueldos, deberán tener el título profesional de Periodista, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocida por éste. El cargo restante de Jefe de Sección, grado 6° de la Escala Unica de Sueldos, deberá acreditar título profesional de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por é

Anexo

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica Cursa con alcance DFL. N° 1/90, de 1990, del Ministerio de Justicia N° 8.156.- Santiago, 9 de Marzo de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones del personal de la Subsecretaría de Justicia a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado por el artículo 28 de la ley N° 18.827, en lo referente a los cargos de Ministro y Subsecretario, toda vez que tales plazas integran la planta de ese organismo, contenida en el precepto recién citado. Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Justicia Presente

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Hernán Novoa Carvajal, Subsecretario de Justicia.

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