ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE AL ARTICULO 5°, DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-11-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION DE PREVISION DE CARABINEROS DE CHILE AL ARTICULO 5°, DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Santiago, 8 de Marzo de 1990.- Hoy se ha decretado lo siguiente: D.F.L. Núm. 2.- Visto: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente: Decreto con Fuerza de Ley

Artículo UNICO

Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Planta Especial de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, a lo dispuesto en el artículo 5°, de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: Situación Actual _________ Escalafón D.F.L. (H) N° 90/77 EUS. Cargos ___________ Jefe Sup. Director del Serv. Directivo Fiscal Directivo Administrador Directivo Secretario Directivo Contador Directivo Jefes de

Directivo Jefes de

Planta Adecuada a la Ley N° 18.834 _________ Planta/Cargos ___________ Director DIRECTIVOS Fiscal Administrador General Secretario General Contador General Jefes de Departamento Jefes de Subdepartamento

Situación Actual _________ Escalafón D.F.L. (H) N° 90/77 EUS. Cargos ___________ Directivo Jefes de Directivo Directivo

Profs.y Técs.Univ. Profesionales Profs.y Técs.Univ. Profesionales Profs.y Técs.Univ. Profesionales Asistentes Sociales Asistentes Sociales Asistentes Sociales Tecnólogos Médicos Tecnólogo Médico II 14° 1 Enfermeras Enfermera Educadoras de Parvs. Educadora de Técs. Universitarios Técnico Universitario II 17° 1 Tecnólogos Médicos Técs. Universitarios Técnico Universitario II 18° 1 Técs. Universitarios Técnico Universitario III 19° 2 Técs. Universitarios Técnico Universitario V 22° 2

Contadores Inspectores Contadores Inspectores Contadores Proc.de Datos. Programador C Proc.de Datos. Programador C Contadores Procuradores Procurador I 16 1 Inspectores Proc.de Datos Operador II Proc.de Datos Operador I Proc.de Datos Operador II

Administrativos Oficial Administrativos Oficial Administrativos Oficial Administrativos Oficial Administrativos Oficial Auxs.Paramédicos Auxiliar Paramédico I 21° 2 Administrativos Oficial Auxs.Paramédicos Auxiliar Paramédico I 22° 1 Administrativos Oficial Administrativos Oficial Aux. Educ.de Párvs. Aux. Educadora de Administrativos Oficial Aux. Educ.de Párvs. Aux. Educadora de

Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares PLANTA HOSPITAL DIPRECA, Ley N° 18.399.-

Directivo Directivo Directivo Subdirector Directivo Jefes de

Planta Adecuada a la Ley N° 18.834 _________ Planta/Cargos ___________ Jefes de Sección Jefes de Sección Jefes de Oficina PROFESIONALES Profesionales Profesional Profesionales Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesional Profesionales Profesional Profesional Profesional Profesionales Profesionales

TECNICOS Técnico Técnicos Técnicos Técnicos Técnicos Técnicos Técnicos Técnicos Técnico Técnicos Técnicos Técnicos Técnicos

ADMINISTRATIVOS

Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativo Administrativos Administrativos Administrativo Administrativos Administrativos

AUXILIARES

Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares

DIRECTIVOS.

Director Subdirector Médico Subdirector Administrativo Jefes de Departamento _________ PLANTA LEY N° 15.076.- Cargo

_________ Médico Jefe 33 1 Médico 22 3 Médico 11 14 Dentista Jefe 33 1 Dentista 22 1 Dentista 11 6

Para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican, se establecen los siguientes requisitos: PLANTA DE DIRECTIVOS, Alternativamente: a) Título Profesional de un carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título Profesional de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. c) Título de Técnico de una carrera de duración inferior a 6 semestres, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta Planta. d) Desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. e) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. El Fiscal requerirá Título Profesional de Abogado. PLANTA DE PROFESIONALES: a) Profesionales grados 7° y 8°: Título de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Profesionales grado 10°: 3 cargos de profesionales requerirán de Título de una carrera de 10 semestres de duración, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Los restantes cargos de esta planta requerirán alternativamente: a) Título Profesional de una carrera con un currículum de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister y doctor, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. PLANTA DE TECNICOS, Alternativamente: a) Título de Técnico de una carrera con un currículum inferior a 6 semestres de duración, otorgado por un instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico Profesional. c) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. PLANTA DE ADMINISTRATIVOS: - Licencia de Educación Media o equivalente. PLANTA DE AUXILIARES: - Haber aprobado la Educación Básica.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Patricio Carvajal Prado, Ministro de Defensa Nacional.- Carlos Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda. Lo que se transcribe para su conocimiento.- Miguel E. Moore Barrera, Coronel de Carabineros, Subsecretario de Carabineros, MDN.

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