ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION Y EMPLEO AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION Y EMPLEO AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO D.F.L. Núm. 3.- Santiago, 2 de Marzo de 1990.- Visto: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente: Decreto con Fuerza de ley:
Artículo UNICO
Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
------------------------------------------------------- SITUACION ACTUAL ------------------------------------------------------- ESCALAFON / CARGOS -------------------------------------------------------
DIRECTIVOS SUPERIORES Fiscal
DIRECTIVOS Jefe Departamento Orientación y Capacitación Jefe de Departamento Empleo Jefe de Departamento Estudios I 5° 1 Directores Regionales Jefe Departamento Administrativo y Secretaría General Directores Regionales Directores Regionales Directivos Directores Regionales Directivo
JEFATURA A Jefe Subdepartamento de Personal y Bienestar Jefe Sección Contabilidad Jefatura A
JEFATURA B Jefatura B Jefatura B Jefatura B
PROFESIONALES Y TECNICOS UNIVERSITARIOS Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesional Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesionales y Téc. Univ. Profesional y Téc. Univ.
CONTADORES Contador Contador Contador Contadores Contador
OFICIALES ADMINISTRATIVOS Oficiales Administrativos Oficial Administrativo Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficiales Administrativos
CHOFERES Chofer
AUXILIARES Auxiliar Auxiliar Auxiliares Auxiliar _________ TOTAL: 108 ___________
------------------------------------------------------- ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY N° 18.834 ------------------------------------------------------- PLANTA / CARGOS -------------------------------------------------------
DIRECTIVOS Jefe Departamento Jurídico
Jefe Departamento Orientación y Capacitación Jefe de Departamento Empleo Jefe de Departamento Estudios Directores Regionales Jefe Departamento Administrativo y Secretaría General Directores Regionales Directores Regionales Directivos Directores Regionales Directivo
Jefe Subdepartamento de Personal y Bienestar Jefe Sección Contabilidad Directivo
Directivo Directivo Directivos
PROFESIONALES Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesional Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesionales Profesional
TECNICOS Técnicos Técnico Técnico Técnicos Técnico
ADMINISTRATIVOS Administrativos Administrativo Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativo Administrativo Administrativo Administrativos
AUXILIARES Auxiliar
Auxiliar Auxiliar Auxiliares Auxiliar _________ TOTAL: 108 ___________
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
PLANTA DE DIRECTIVOS: Jefe Departamento Jurídico: Grado 4° E.U.S. Título de Abogado; cuatro años de experiencia laboral en los sectores públicos o privados. Jefe Departamento Orientación y Capacitación: Grado 5° E.U.S. Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; cuatro años de experiencia, dos de ellos en el área de capacitación. Jefe Departamento Empleo: Grado 5° E.U.S. Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; cuatro años de experiencia. Jefe Departamento Estudios: Grado 5° E.U.S. Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; cuatro años de experiencia. Directores Regionales: Grados 5°, 6°, 7° y 8° E.U.S. Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; cuatro años de experiencia. Jefe Departamento Administrativo y Secretaría General: Grado 6° E.U.S. Requeriría alguno de los siguientes títulos: - Contador Auditor - Administrador Público - Ingeniero Comercial - Abogado Directivos: Grados 7°, 8°, 10°, 11°, 12 y 13° E.U.S. Título profesional otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste; cuatro años de experiencia. Jefe Subdepartamento de Personal Y Bienestar: Grado 9° E.U.S. Requeriría alguno de los siguientes títulos: - Administrador Público - Abogado - Contador Auditor - Contador Auditor - Asistente Social Jefe Sección Contabilidad: Grado 10° E.U.S. Requeriría alguno de los siguientes títulos: - Contador Auditor - Contador Público
PLANTA DE PROFESIONALES: Alternativamente: a) Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. No obstante lo señalado en las letras a) y b), el Grado 5° y un Grado 6° requerirán el título de Abogado.
PLANTA DE TECNICOS: Título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste.
PLANTA DE ADMINISTRATIVOS: Licencia de Educación Media o equivalente.
PLANTA DE AUXILIARES: Haber aprobado la Educación Básica.
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con Alcance DFL. N° 3, de 1990, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social Núm. 12.048.- Santiago, 23 de Abril de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 51 de la Ley N° 18.827, que sustituyó la planta de ese servicio. Dios guarde US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro del Trabajo y Previsión Social Presente.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- María Teresa Infante Barros, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Juan Jorge Lazo Rodríguez, Subsecretario del Trabajo.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.