ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA DIRECCION GENERAL DE DEPORTES Y RECREACION, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO D.F.L. Núm.4.- Santiago, 22 de Marzo de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834 y lo dispuesto en el artículo 7° de la misma Ley N° 18.972, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Déjase sin efecto el decreto con fuerza de Ley N° 2, de 22 de febrero de 1990, de la Subsecretaría de Guerra, sin tramitar.
Artículo 2
Artículo 2° Adecuanse las plantas y escalafones del personal de la Dirección General de Deportes y Recreación a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
Situación Actual Escalafón -------------------------------------------------------
Jefe Superior Director General IV 3 1 del Servicio ---
Directivos Subdirector de Deportes I 5 1 Directivo I 5 1 Directivos I 5 2 Directivos II 6 4 Jefes de Departamentos III 7 2
Directivos Secretarios Técnicos III 7 2 Directivos Jefe de Planificación y Presupuesto III 7 1 Jefatura A Jefaturas A I 9 5 Jefatura A Jefaturas A II 10 2 Profesional y Técnicos Universitarios Profesional -- 4 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 6 6 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 7 3 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 8 2 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 10 3 Inspectores Inspector I 10 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesional -- 12 1 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesionales -- 13 2 Profesionales y Técnicos Universitarios Profesional y 2 Técnico Universitario -- 14 1
Contadores Contadores I 10 5 Contadores Contadores I 11 2 Contadores Contadores I 12 4 Inspectores Inspectores II 14 4 Contadores Contador II 15 1 Inspectores Inspectores II 15 3 Contadores Contadores II 16 2 Inspectores Inspectores II 16 3 Inspectores Inspectores III 17 4 Inspectores Inspectores III 18 3
Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos I 14 6 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos I 15 5 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 16 7 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 17 5 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 18 6 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos II 19 4 Oficiales Oficiales Administrativos Administrativos III 20 2
OFICIALES ADMINITRATIVOS (ESTADIO NACIONAL)
Oficiales Oficial Administrativos Administrativos I 15 1 Oficiales Oficial Administrativos Administrativos II 19 1
Mayordomos Mayordomos I 19 7 Mayordomos Mayordomos I 20 4 Choferes Chofer I 20 1 Choferes Choferes I 21 3 Auxiliares Auxiliares I 21 7 Choferes Choferes I 22 2 Auxiliares Auxiliares I 22 11 Auxiliares Auxiliares II 23 13 Auxiliares Auxiliares II 24 7 Auxiliares Auxiliares II 25 5
AUXILIARES (ESTADIO NACIONAL)
Auxiliares Auxiliar I 21 1
Adecuación según Artículo 5° Ley N° 18.834.
Planta/Cargos ---------------------------------------------------- CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA JEFE SUPERIOR DEL SERVICIO Director General 3 1
DIRECTIVOS Subdirector General 5 1 Jefe de Departamentos 5 3
Jefes de Departamentos 6 4 Jefes de Departamentos 7 2
CARGOS DE CARRERA DIRECTIVOS Jefes de Subdepartamentos 7 3
Jefes de Sección 9 5 Jefes de Oficina 10 2
PROFESIONALES
Profesional 4 1
Profesionales 6 6
Profesionales 7 3
Profesionales 8 2
Profesionales 10 4
Profesional 12 1
Profesionales 13 2
Profesional 14 1
Técnicos 10 5 Técnicos 11 2 Técnicos 12 4 Técnicos 14 4 Técnicos 15 4
Técnicos 16 5
Técnicos 17 4 Técnicos 18 3
Administrativos 14 6 Administrativos 15 5 Administrativos 16 7 Administrativos 17 5 Administrativos 18 6 Administrativos 19 4 Administrativos 20 2
ADMINISTRATIVOS (ESTADIO NACIONAL)
Administrativo 15 1 Administrativo 19 1
AUXILIARES Auxiliares 19 7 Auxiliares 20 5
Auxiliares 21 10
Auxiliares 22 13
Auxiliares 23 13 Auxiliares 24 7 Auxiliares 25 5
AUXILIARES (ESTADIO NACIONAL)
Auxiliar 21 1
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos de carrera que se indican:
1) Planta Directivos: Alternativamente. a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste.
Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a Escalafones que han pasado a integrar esta Planta. c) Título de Técnico de una carrera de duración inferior a 6 semestres, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta Planta. d) Desempeño de a los menos 8 años en la Administración del Estado, en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un Curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. e) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. 2) Planta de Profesionales: Alternativamente. a) Título Profesional de una carrera con un curriculum de a lo menos 8 semestres de duración otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 3) Planta de Técnicos: Alternativamente. a) Título de Técnico otorgado por un Instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. b) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 4) Planta de Administrativos. - Licencia de Educación Media o equivalente. 5) Planta de Auxiliares - Haber aprobado la Educación Básica.
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 4, DE 1990, del Ministerio de Defensa Nacional N° 16.447.- Santiago, 6 de Junio de 1990.- Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones de la Dirección General de Deportes y Recreación a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con las normas sobre transformaciones de cargos previstas en el artículo 24 de la ley N° 18.827, que sustituyó la planta de ese Servicio. Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Defensa Nacional Presente.
Anótese, tómese razón, regístrese, publíquese y comuníquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional, Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior, Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.- Lo que se transcribe para su conocimiento.- Patricio Rojas Saavedra, Ministro de Defensa Nacional.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.