CREA CARGOS EN EXTINCION PARA FUNCIONARIOS QUE INDICA

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-08-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
artículos 2
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Santiago, 5 de Julio de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 5.- Vistos: La Ley N° 18.575; el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972; el DS. (V. y U.) N° 242, de 1976; el DFL. N° 2 (V. y U.), de 1990; las Resoluci�nes N° 179, 180, 182 y 183, todas ellas de Vivienda y Urbanismo, del año 1990, y Teniendo presente: a) Que los funcionarios directivos de la exclusiva confianza, de la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que a continuación se indican, destinados en el SERVIU Metropolitano, acogiéndose a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972 y 7° de la Ley N° 18.834, con fecha 18 de Junio de 1990 optaron por continuar desempeñándose en un cargo del mismo grado que el que actualmente tienen y con la misma remuneración: Juan Yurisic Cerini Jefe Departamento Gr.5EUR. Roberto Argandoña Olivares Jefe Departamento Gr.5EUR. Simón Dosque San Martín Jefe Departamento Gr.5EUR. Jaime Pino Ramírez Jefe Departamento Gr.5EUR. b) La facultad que me ha delegado el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972, dicto el siguiente, Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Créanse, a contar del 18 de Junio de 1990, en la planta de Directivos de la Planta Nacional de Cargos del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, sus Secretarías Ministeriales y los Servicios Regionales y Metropolitano de Vivienda y Urbanización, los cargos que a continuación se indican, que serán servidos por los funcionarios que respecto de cada uno de esos cargos se señalan: Cargo y Grado Nombre Constructor Civil Gr. 5EUR. Juan Yurisic Cerini Arquitecto Gr. 5EUR. Roberto Argandoña Olivares Contador Auditor Gr. 5EUR. Simón Dosque San Martín Constructor Civil Gr. 5EUR. Jaime Pino Ramírez. Los funcionarios citados percibirán las mismas remuneraciones de que actualmente gozan o las que en lo sucesivo correspondan a los respectivos grados. Estos cargos constituirán dotación adicional y se extinguirán de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa.

Artículo 2

El gasto que represente la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto se imputará al Item que corresponda del Presupuesto de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, pudiendo efectuarse las reasignaciones presupuestarias que corresponden con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de la Ley N° 18.972.

Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alberto Etchegaray A., Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento.- Joan Mac Donald M., Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

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