FIJA REQUISITOS GENERALES Y ESPECIFICOS PARA EL INGRESO Y PROMOCION EN LAS PLANTAS Y CARGOS DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS Y ESTABLECE DOTACION MAXIMA DE DICHO SERVICIO
D.F.L. Núm. 5.- Santiago, 10 de Abril de 1991.- Vistos: Lo establecido en los artículos 15° y 17° de la ley N° 19.041, de 1991, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Artículo Primero: Establécense los siguientes requisitos generales y específicos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos del personal del Servicio Nacional de Aduanas, fijada en el artículo 15° de la Ley N° 19.041, de 1991:
I PLANTA DE DIRECTIVOS:
A) DIRECTOR NACIONAL : Requisitos : Título de Abogado, Administrador Público, Ingeniero Civil o Comercial, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos diez años.
B) CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA (Del Gdo. 2° al 6°) Directivos : - Jefes de Departamento Nacionales, Jefes Departamentos Sub-Administradores de Aduanas, Jefes Departamentos Administraciones Aduanas, Jefes Departamentos Sub-Administraciones de Aduanas, Jefes Departamentos Regionales y Jefes Departamentos.
Requisitos : Alternavamente. 1.- Título de Abogado, Administrador Público, Ingeniero Civil, de Ejecución, Comercial, Asistente Social, Químico, Químico Farmacéutico, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos ocho años. 2.- Funcionarios en servicio a la fecha de publicación de la ocupen cargos de exclusiva confianza. Directivos : Directores Regionales Requisitos : Alternativamente. 1.- Título de Abogado, Administrador Público, Ingeniero Civil, de Ejecución, Comercial, Químico o Químico Farmacéutico, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos ocho años en el Servicio Nacional de Aduanas. 2.- Funcionarios en servicio a la fecha de publicación de la ocupen cargos de Directores Regionales.
C) CARGOS DE CARRERA : Administradores de Aduanas, Sub-Administradores, Jefes de Sección.
Gdo. 7° al 10° Requisitos : Alternativamente. 1.- Título de una carrera de a lo menos seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos cinco años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 2.- Título de una carrera de a lo menos cuatro semestres de duración, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocida por éste. - Experiencia de a lo menos seis años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 3.- Funcionarios en servicio a la fecha de la publicación de la ocupen cargos directivos de carrera. - Experiencia a la fecha de 19.041, de 1991, de a lo menos diez años en cargo de Directivos o veinticinco años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 4.- Para efectos de promoción los cargos de los grados además de los requisitos establecidos en la alternativa número tres, haber aprobado cursos de capacitación en comercio exterior impartidos o calificados por el Servicio Nacional de Aduanas. Lo anterior no regirá para el solo efecto del encasillamiento del personal en servicio, en virtud de lo
II PLANTA DE PROFESIONALES: Grado 5° : Requisitos : - Título de Abogado, Administrador Público, Contador Auditor, Ingeniero, Químico o Químico Farmacéutico, otorgado por una Universidad o Instituto del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos cinco años en cargos de Profesionales en el Servicio Nacional de Aduanas, debiendo, en posesión del título, haberse desempeñado por tres años en la Dirección Nacional de Aduanas, o - Experiencia de a lo menos cinco años en cargos de profesionales en el Servicio Nacional de Aduanas, debiendo haberse desempeñado, a la fecha de 19.041, de 1991, a lo menos por 17 años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas.
Gdo. 6° al 10° Requisitos : Alternativamente. 1.- Título de una carrera de a lo menos seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos dos años en cargo de Profesionales o de a lo menos cuatro años en cargo de Fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas. 2.- Título de Técnico en Comercio Exterior o equivalente, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos seis años en cargo de Fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas. 3.- Título de Analista de Sistemas otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos cinco años.
Grados 11° al 15°: Requisitos : 1.- Título de una carrera de seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos un año. 2.- Título de Analista de Sistemas otorgado, por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. - Experiencia profesional de a lo menos un año.
III PLANTA DE FISCALIZADORES: Alternativamente. Requisitos : 1.- Título de Administrador Público, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos tres años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 2.- Título Técnico en Comercio Exterior o equivalente otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos tres años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 3.- Personal en servicio a la fecha de publicación de la que ocupe cargos de fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas y que posean título profesional de una carrera de cuatro semestres de duración, otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos tres años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas. 4.- Personal en servicio a la fecha 19.041, de 1991, que posea el título de Contador y ocupen cargos de fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas. - Experiencia de a lo menos seis años en la planta de dicho Servicio. 5.- Para efectos de promoción los además de los requisitos establecidos la alternativa número cuatro, haber aprobado cursos de capacitación en comercio exterior impartidos o calificados por el Servicio Nacional de Aduanas. Lo anterior no regirá para el sólo efecto del encasillamiento del personal en servicio, en virtud de lo dispuesto en el 19.041, de 1991. 6.- Funcionarios en servicio a la fecha de publicación de la Ley cargos de Fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas y hayan cursado a lo menos, cinco semestres de una carrera impartida por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. - Experiencia de a lo menos seis años en cargo de fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas. 7.- Para efectos de promoción los los requisitos establecidos en la alternativa número seis haber aprobado cursos de capacitación en comercio exterior impartidos o calificados por el Servicio Nacional de Aduanas. Lo anterior no regirá para el sólo efecto del encasillamiento del personal en servicio en virtud de lo
IV PLANTA DE TECNICOS: Requisitos : Alternativamente. 1.- Haber aprobado a lo menos cuatro semestres de la carrera de Derecho impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 2.- Título de Asistente Judicial o equivalente otorgado por una Institución de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. 3.- Título otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico Profesional del Estado o reconocido por éste. 4.- Personal en servicio a la fecha 19.041, de 1991, que ocupe cargos de Jefes de Oficina Directivos del Servicio Nacional de Aduanas. 5.- Personal en servicio a la fecha de la publicación de la Ley cargos de profesionales o de Fiscalizadores en el Servicio Nacional de Aduanas. 6.- Personal en servicio que ocupe cargos de Administrativos, en el Servicio Nacional de Aduanas a la fecha de publicación de se encuentren desempeñando a lo menos por tres años, cualquiera de las siguientes funciones, las que serán certificadas y calificadas según las necesidades del Servicio por el Director Nacional de Aduanas: - Jefes de Aduanas de Fronteras. - Actuarios ante los tribunales aduaneros; - Habilitados; - Secretarias Ejecutivas del Director Nacional de Aduanas, de los Jefes de Departamentos Nacionales y de los Directores Regionales; - Personal que desarrolla actividades de coordinación de Aduanas de Fronteras a nivel regional; - Personal que desempeña funciones de carácter técnico, tales como liquidadores, guarda-almacén, control pago diferido, regímenes suspensivos, etc. 7.- Personal en servicio que ocupe cargos de Administrativos en el Servicio Nacional de Aduanas a la fecha de la publicación de se hubiere desempeñado en la ex planta Directiva, Profesional y Técnica del Servicio de de Hacienda. 8.- Personal en servicio que ocupe cargos de administrativos en el Servicio Nacional de Aduanas a la fecha de 19.041, de 1991, que se desempeñen en el grado máximo del escalafón de administrativos. 9.- Personal del escalafón administrativo del Servicio Nacional de Aduanas que desempeñe cualesquiera de las funciones a que se refiere la alternativa número 6, a lo menos por tres años, según las necesidades del Servicio las que serán certificadas y calificadas por el Director Nacional de Aduanas. haberse desempeñado como Analista de Sistema, según certificación y calificación del Director Nacional de Aduanas. - Experiencia de a lo menos diecisiete años en la planta del Servicio Nacional de Aduanas, o - Experiencia profesional de a lo menos tres años como Analista de Sistema.
V PLANTA DE ADMINISTRATIVOS: Requisitos : Alternativamente. 1.- Licencia de Educación Media o Equivalente. 2.- Personal en servicio a la fecha de publicación de la ocupe cargos de Administrativos en el Servicio Nacional de Aduanas.
VI PLANTA DE AUXILIARES: Requisitos : Alternativamente. 1.- Haber aprobado la Educación Básica. 2.- Personal en servicio a la fecha de publicación de la Ley cargos de auxiliares en el Servicio Nacional de Aduanas. En el caso de la alternativa número uno o número dos, nueve requerirán además experiencia de a lo menos quince años cumpliendo funciones de Auxiliares o equivalentes en el Servicio Nacional de Aduanas.
Artículo 2
Artículo Segundo: Fíjase la dotación máxima del Servicio Nacional de Aduanas, en 1.261 funcionarios.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- ENRIQUE KRAUSS RUSQUE, Vicepresidente de la República.- José Pablo Arellano Marín, Ministro de Hacienda subrogante. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- José Pablo Arellano Marín, Subsecretario de Hacienda subrogante.