ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-04-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
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ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Núm. 6.- Santiago, 22 de Marzo de 1990.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 5°, 7° y 1° transitorios de la Ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:

Artículo PRIMERO

Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Servicio Nacional de Aduanas, a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que señala:

_______ SITUACION ACTUAL ______ ESCALAFON/CARGOS ________

Jefe Superior del Servicio 1° 1

Directivos ---------- Directivos Directivos

Directivos

Directivos

Directivos Directivos

Directivos Directivos Directivos Jefaturas

Profesionales ------------- Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales

Fiscalizadores -------------- Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores

Administrativos --------------- Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos

Administrativos Administrativos Administrativos

Mayordomos ---------- Mayordomos Mayordomos

Auxiliares ---------- Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares

Total cargos 1.100

_______ ADECUACION SEGUN ARTICULOS 5° y 7° LEY 18.834 _______ ESCALAFON/CARGOS ___________

I.- Cargos de Exclusiva Confianza -----------------------------

Director Nacional Directivos ---------- Jefes de Departamentos Nacionales Jefes de Departamentos Nacionales Directores Regionales Jefes de Departamentos Sub-Administradores Directores Regionales Jefes de Departamentos Administradores de Aduana Jefes de Departamentos Sub-Administradores de Aduana Jefes de Departamentos Regionales Jefes de Departamentos

II.- Cargos de Carrera ----------------- Directivos ---------- Jefes de Sección Subadministradores Jefes de Sección Jefes de Sección Administradores de Aduana 10° 2 Jefes de Sección Jefes de Oficina

Profesionales ------------- Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales

Fiscalizadores -------------- Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores Fiscalizadores

Administrativos --------------- Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos

Auxiliares ---------- Auxiliares Auxiliares

Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares

Artículo SEGUNDO

Para ser designados y/o promovidos en los cargos que se indican a continuación, los interesados deberán cumplir con los requisitos generales de ingreso establecidos en los artículos 11° y 12° de la Ley N° 18.834 y además, con los siguientes requisitos especiales: A.- PLANTA DE DIRECTIVOS; alternativamente, para los Directivos a nivel de Jefes de Sección e inferiores. a) Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. b) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido 440& a escalafones que han pasado a integrar esta planta. c) Título de Técnico o equivalente de una carrera con un curriculum inferior a 6 semestres , otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales o de Fiscalizadores o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta planta. d) Desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Fiscalizadores o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. e) Desempeño de 10 años a lo menos en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Directivos o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. B.- PLANTA DE PROFESIONALES; Alternativamente: a) Título Profesional de aquellos que requieren licenciatura previa. b) Título Profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado, o reconocido por éste. c) Título de Técnico con especialidad en Comercio Exterior, de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y desempeño de a lo menos 6 años en la Planta de Fiscalizadores.

Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atte. a Ud.- Pablo Piñera Echenique, Subsecretario de Hacienda.

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