ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL SERVICIO MEDICO LEGAL AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
Santiago, 1 de Marzo de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. N° 7.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo dicto el siguiente:
Decreto con fuerza de ley:
Artículo UNICO
Artículo único: Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Servicio Médico Legal a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: SITUACION ACTUAL ________ ESCALAFON/CARGO NIVEL GRADO CARGOS _______ DIRECTIVOS SUPERIORES: MEDICO LEGISTA JEFE SECCION CLINICA MEDICO LEGISTA JEFE SECCION TANATOLOGIA QUIMICO FARMACEUTICO LEGISTA-JEFE SECCION LABORATORIOS ASESOR JURIDICO DIRECTIVOS: ----------- JEFE SUBDEPARTAMENTO PRESUPUESTOS JEFE ADMINISTRATIVO JEFE DE PERSONAL JEFE DE PRESUPUESTOS: --------------------- JEFE DE PRESUPUESTOS JEFATURAS "A": -------------- COORDINADOR DE PROVINCIAS: -------------------------- JEFATURAS "B": -------------- JEFE DE SECCION JEFES DE SECCION TECNOLOGOS MEDICOS: ------------------- TECNOLOGO MEDICO TECNOLOGO MEDICO CONTADOR: --------- CONTADOR PROCESAMIENTO DE DATOS: ----------------------- OPERADOR II DE COMPUTADOR OFICIALES ADMINISTRATIVOS: -------------------------- OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS AUXILIAR PARAMEDICO OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS AUXILIARES PARAMEDICOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS AUXILIAR PARAMEDICO AUXILIARES: ----------- AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY N° 18.834 _________ PLANTA/CARGO ____________ DIRECTIVOS: ----------- JEFE DEPARTAMENTO CLINICA JEFE DEPARTAMENTO TANATOLOGIA JEFE DEPARTAMENTO LABORATORIOS 4° 1 JEFE DEPARTAMENTO ASESORIA JURIDICA4° 1 JEFE DEPARTAMENTO PRESUPUESTOS 7° 1 JEFE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO 7° 1 JEFE DEPARTAMENTO PERSONAL JEFE SECCION PRESUPUESTOS JEFE DE OFICINA JEFE DE OFICINA JEFES DE OFICINA PROFESIONALES: -------------- PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL PROFESIONAL TECNICOS: --------- TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO TECNICO ADMINISTRATIVOS: ---------------- ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS ADMINISTRATIVOS AUXILIARES: ----------- AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES AUXILIARES Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: DIRECTIVOS: Jefes de Departamentos Clínica y Tanatología: Título de médico cirujano. Jefe de Departamento Laboratorios: Título de Químico Farmacéutico o Bioquímico. Jefe Departamento Asesoría Jurídica: Título de Abogado. Jefe Sección Presupuestos: Alternativamente: a) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, o b) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos de esta Planta más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. Jefes de Oficina: Alternativamente: a) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos 1 año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, o b) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargo tope de esta Planta más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. PROFESIONALES: Título profesional otorgado por un establecimiento de educación superior del Estado o reconocido por éste. TECNICOS: Un cargo grado 13 y un cargo grado 18 requerirán, alternativamente: - Título de Técnico o Contador u otro correspondiente a especialidades del área de la Computación o Informática otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste, o - Título de Técnico o Contador u otro correspondiente a especialidades del área de la Computación o Informática otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional del Estado o reconocido por éste. b) Dos cargos grado 16, tres cargos grado 17, tres cargos grado 18 y los cargos ubicados entre los grados 19 y 24 requerirán: - Licencia de Educación Media o equivalente, y - Haber aprobado curso de formación de Auxiliar Paramédico, Auxiliar de Laboratorio o Auxiliar de Tanatología de 1.500 horas como mínimo, o, experiencia de, a lo menos, 4 años en el Servicio en labores equivalentes. ADMINISTRATIVOS Licencia de Educación Media o equivalente. AUXILIARES: Haber aprobado la Educación Básica.
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con Alcances DFL. N° 7, de 1990, del Ministerio de Justicia N° 11.887.- Santiago, 19 de Abril de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la Ley N° 18.834, se adecuan las plantas y escalafones del Instituto Médico Legal a lo dispuesto en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que su texto debe entenderse complementado con los cargos de Director, grado 2°, y con los empleos afectos a la Ley N° 15.076 que contempla la actual planta de esa entidad, contenida en el artículo 30 de la Ley N° 18.827, como asimismo, con las normas sobre transformaciones de cargos establecidas en el precepto recién citado. Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Justicia Presente.
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda.- Hugo Rosende Subiabre, Ministro de Justicia. Lo que transcribo para su conocimiento.- Le saluda atentamente.- Hernán Novoa Carvajal, Subsecretario de Justicia.