CREA CARGOS DE ADMINISTRADOR MUNICIPAL EN LAS PLANTAS DE PERSONAL DE LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1993-11-13
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
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Santiago, 22 de Octubre de 1993.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 9-19.211.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, de conformidad al texto refundido fijado por el Decreto Supremo N° 662, del 16 de Junio de 1992, del Ministerio del Interior; la facultad establecida en el artículo único de la Ley N°19.211, y teniendo presente los acuerdos adoptados por los Concejos de las Municipalidades de: Angol, Arauco, Cartagena, Catemu, Cochrane, Coquimbo, Huasco, La Granja, La Unión, Los Muermos, Nacimiento, O'Higgins, Osorno, Pichidegua, Puerto Montt, San Bernardo, San Felipe, y Zapallar, dicto el siguiente: Decreto con Fuerza de Ley:

Artículo UNICO

Créanse en las plantas de personal de las Municipalidades que se señalan, el cargo que a continuación se indica: Municipalidad Escalafón Angol Arauco Cartagena Catemu Cochrane Coquimbo Huasco La Granja Lanco La Unión Los Muermos Directivo Administrador 7° 1 Nacimiento O'Higgins Osorno Pichidegua Puerto Montt Directivo Administrador 4° 1 San Bernardo Directivo Administrador 4° 1 San Felipe Zapallar El mayor gasto que origine la creación de estos cargos será financiado con recursos propios de la respectiva Municipalidad.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Gonzalo D. Martner Fanta, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.

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