ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIDRAULICA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DEL INSTITUTO NACIONAL DE HIDRAULICA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO D.F.L. Núm. 32.- Santiago, 22 de Febrero de 1990.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo UNICO
Adécuanse las plantas y escalafones del personal del Instituto Nacional de Hidráulica, a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
Situación Actual ------------------------------------------------------- Escalafón/Cargos ------------------------------------------------------- Director Ejecutivo
DIRECTIVOS
Jefe Departamento
JEFATURA A
Jefatura A
PROFESIONALES
Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales
TECNICOS UNIVERSITARIOS
Técnico Universitario Técnico Universitario
ENCARGADOS DE TALLER
Encargado de Taller Encargado de Taller
OFICIAL ADMINISTRATIVO
Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo Oficial Administrativo
MAYORDOMO
Chofer
AUXILIARES
Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares
Adecuación según Artículo 5° Ley N° 18.834
------------------------------------------------------- Planta Cargos ------------------------------------------------------- Director Ejecutivo
DIRECTIVOS
Jefe Departamento
Jefe Sección
PROFESIONALES
Profesional Profesional Profesionales Profesionales Profesional Profesional
Profesional Profesional
TECNICOS
Técnicos Técnicos ADMINISTRATIVOS
Administrativos Administrativo Administrativo Administrativo Administrativo Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos
AUXILIARES
Auxiliar
Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares
Establécense los siguientes requisitos, ingrezo y promoción en las plantas y cargos que se indican: a) Planta de Directivos - Cargos de carrera. El cargo de Jefe de Sección, grado 10° EUS., desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta planta, más un Curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas. b) Planta de Profesionales: El cargo grado 5° EUS., Título de Ingeniero Civil. Los cargos del grado 6° EUS al grado 10° EUS, título profesional de aquellos que requieren Licenciatura previa. Los cargos del grado 12° EUS. al grado 17° EUS, título profesional de una carrera otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. c) Planta de Técnicos: Los cargos grado 20° EUS, título de Técnico otorgado por un Instituto o Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Los cargos grado 21° EUS, título de Técnico otorgado por un Establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. d) Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente. e) Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica y estar en posesión de la Licenciatura de Conducir cuando corresponda.
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL. N° 32, de 1990, del Ministerio de Obras Públicas N° 14.699.- Santiago, 16 de Mayo de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones del Instituto Nacional de Hidráulica a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal, pero cumple con hacer presente que el texto en estudio debe entenderse complementado con la norma sobre transformación de cargos prevista en el artículo 44 de la ley N° 18.827, que sustutuyó la planta de ese Servicio. Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro de Obras Públicas Presente
Anótese, regístrese, tómese razón, comuníquese y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Hernán Abad Cid, Brigadier General, Ministro de Obras Públicas.- Carlos F. Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Juan Enrique Miquel Muñoz, Subsecretario de Obras Públicas.