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CREA CARGO EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE SALUD

Texto vigente a fecha 1990-08-03

D.F.L. N° 40.- Santiago 6 de Julio de 1990.- Visto: lo establecido en el artículo 2° transitorio de las leyes N° 18.575 y N° 18.972; en los artículos 5° y 7° letra a) de la ley N° 18.834; en los decretos con fuerza de ley N° 2 de 1979 y N° 34 de 1990, ambos del Ministerio de Salud; en el artículo 55 de la ley N° 18.827; en el decreto ley N° 2.763, de 1979, y Considerando: - Que por oficio reservado N° 2B/57, de 4 de mayo de 1990, el Ministerio de Salud solicitó a doña María Eliana Gutiérrez Cisterna, la renuncia no voluntaria al cargo que ocupaba en ese Organismo en calidad de titular, de Jefe de Departamento Administración y Servicio Interno, grado 5° E.U.S., a contar del 5 de mayo de 1990. - Que la referida funcionaria presentó la renuncia no voluntaria a su empleo, a contar de la fecha señalada, haciendo presente su opción de continuar desempeñándose en un cargo en extinción del mismo grado del que ocupaba. - Que por resolución N° 253, de 10 de mayo de 1990, el Ministerio de Salud aceptó la renuncia presentada por la citada funcionaria; y Teniendo presente: las facultades que me confieren los artículos 61 y 62 N° 2 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente, Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Créase, a contar de la fecha que se indica, en la Planta de Directivos del Ministerio de Salud, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1979, del Ministerio de Salud, sustituida por el artículo 55 de la ley N° 18.827 y adecuada por el decreto con fuerza de ley N° 34, de 1990, del Ministerio de Salud, el siguiente cargo al cual accedió, por el solo ministerio de la ley, la funcionaria que a continuación se señala: PLANTA DE DIRECTIVOS DOTACION ADICIONAL CARGOS EN EXTINCION ________ N° Denominación Grado Fecha Nombre Titular Cargos E.U.S. Creación __________ 1 Directivo

Artículo 2

El cargo antes señalado constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho cuando cese en sus funciones por cualquier causa la titular del mismo.

Artículo 3

El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto de la Subsecretaría de Salud.

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Dr. Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Patricio Silva Rojas, Subsecretario de Salud.