CREA CARGO EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD SAN FELIPE-LOS ANDES
Santiago, 27 de Noviembre de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 53.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de las leyes N° 18.575 y N° 18.972; en los artículos 5° y 7° letra b) de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los decretos con fuerza de ley N° 13, de 1980 y N° 12 de 1990, ambos del Ministerio de Salud; en el artículo 59 N° 8 de la ley N° 18.827; en el decreto ley N° 2.763 de 1979, y Considerando: -Que por resolución exenta N° 793 de 20 de agosto de 1990, el Director del Servicio de Salud San Felipe-Los Andes solicitó a don Francisco José Bustamante Rubio, la renuncia no voluntaria al cargo que ocupaba en ese Organismo en calidad de titular, de Jefe del Departamento de Recursos Humanos, grado 7° E.U.S. -Que el funcionario individualizado precedentemente presentó la renuncia no voluntaria a su empleo a contar del 21 de agosto de 1990, haciendo presente su opción de continuar desempeñándose en un cargo del mismo grado del ocupaba, en extinción. -Que por resolución N° 441, de 20 de agosto de 1990, el Director del Servicio de Salud San Felipe-Los Andes aceptó la renuncia presentada por don Francisco José Bustamante Rubio, y Teniendo presente: Las facultades que me confieren los artículos 61 y 62 N° 2 de la Constitución Política del Estado, dicto el siguiente Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Créase, a contar de la fecha que se indica, en la Planta de Directivos del Servicio Salud San Felipe-Los Andes, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 13, de 1980, del Ministerio de Salud, sustituida por el artículo 59 N° 8 de la ley N° 18.827 y adecuada por el decreto con fuerza de ley N° 12 de 1990, de esa misma Secretaría de Estado, el siguiente cargo al cual accedió, por el solo ministerio de la ley, el funcionario que se individualiza:
PLANTA DE DIRECTIVOS DOTACION ADICIONAL
CARGOS EN EXTINCION ------------------------------------------------------- N° Grado Fecha Cargos Denominación E.U.S. Creación Nombre titular ------------------------------------------------------- 1 Directivo
Artículo 2
El cargo antes señalado constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho cuando cese en sus funciones por cualquier causa el titular del mismo.
Artículo 3
El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley, se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto del Servicio de Salud San Felipe-Los Andes.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Luis Martínez Oliva, Subsecretario de Salud subrogante.
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