TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL AL SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION Y EMPLEO

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1990-03-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
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Santiago, 18 de abril de 1989.- Hoy se decretó lo siguiente: D.F.L. N° 55.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio, en relación con los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del Art. 5° de la Ley N° 18.689, Art. 99° de la Ley N° 18.768 ley N° 18.764. Decreto:

Artículo 1

1.- Auméntase en 17 cargos la planta de personal del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, en los escalafones y grados que se indica:

Escalafón

Directivos

Profesional Jefatura A

Oficiales Administrativos

Auxiliares

2.

Trasládase el siguiente personal del Instituto de Normalización Previsional, que se encontraba desempeñando funciones para el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo.

EX CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: DIRECTIVOS

Cortés Saavedra Ursula Ester

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: ASISTENTES SOCIALES

Bravo Valdebenito Aída Elisa

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS

Contreras Rojas Juan Segundo Martel Bustos Yanet Levicán Mansilla Elianira

EX SERVICIO SEGURO SOCIAL

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: DIRECTIVOS

Drago León Ligoberto Hernán Pantoja Pantoja Ida

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: JEFATURAS "A"

Capetillo Reyes Pablo

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: ADMINISTRADOR PUBLICO

Pazos Ibarra Nils Virginia

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS

Arancibia Soto Mónica del C. Espahie Alvarez Jorge Miguel Rodríguez Burgueño Jaime P. Ramírez Miranda Orlando

EX CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: AUXILIARES

Ordenes Ordenes Francisco Barraza Guaringa Luis H.

EX CAJA DE RETIRO Y PREVISION SOCIAL DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO

_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS

Adriazola Sepúlveda Fanny Letelier Martínez Carmen

3.- Los funcionarios antes señalados, ocuparán los cargos y grados que se indican, creados en el punto N° 1, en el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo:

Nombre Escalafón Grado

Cortés Saavedra, Ursula Bravo Valdebenito, Aída Contreras Rojas, Juan Martel Bustos, Yanet Levicán Mansilla, Elianira Drago león, Ligoberto Pantoja Pantoja, Ida Capetillo Reyes, Pablo Pazos Ibarra, Nils Arancibia Soto, Mónica Espahie Alvarez, José Rodríguez Bugueño, Jaime Ramírez Miranda, Orlando Ordenes Ordenes, Francisco Barraza Guaringa, Luis Adriazola Sepúlveda, Fanny Letelier Martínez, Carmen Of. Administrativos 14°

4.

Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en 17 cargos e increméntese en igual número la del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo. 5. El personal trasladado conservará el régimen previsional y de desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad de la cual provengan y reajustable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorverán a medida de los ascensos del funcionario respectivo. 6. Modifícase en los términos que a continuación se indican, los presupuestos de los Servicios Públicos que se señalan:

INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01)

Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones

21 Gastos en Personal 10.962 25 Transferencias Corrientes 10.962 32 Transferencias a Organismos del Sector Público 10.962

Créase

020 Servicio Nacional de Capacitación y Empleo 10.962

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION (Partida 15, Capítulo 05, Programa 01)

Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones

Créase

06 Transferencias 10.962 Créase 62 De Otros Organismos del Sector Público 10.962

Créase

001 Instituto de Normalización Previsional 10.962 Gastos en Personal 10.962

7.

Este Decreto con fuerza de ley comenzará a regir a contar desde el 28 de Agosto de 1989.-

Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Enrique Seguel Morel, Brigadier General, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Santiago Plant Klapp, Subsecretario de Previsión Social.

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