TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL A LA SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Santiago, 18 de abril de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. N° 57.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio, en relación con los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del Art. 5° de la Ley N° 18.689, Art. 99° de la Ley N° 18.768 y Ley N° 18.764, Decreto:
Artículo 1
Auméntase en 10 cargos la planta de personal de la Superintendencia de Seguridad Social, en los escalafones y grados que se indica: ------------------------------------------------------- Escalafón -------------------------------------------------------
Profesionales Administrativos Administrativos
Trasládase el siguiente personal del Instituto de Normalización Previsional a la Superintendencia de Seguridad Social, para ocupar los cargos creados en el N° anterior:
EX CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS (Sección Empleados Públicos) ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFONES: OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Báez Salas, Viviana Natalia
EX CAJA DE PREVISION DE EMPLEADOS PARTICULARES ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Naranjo Carvacho, Carmen
------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Mercado Cabello, Roberto B.
EX SERVICIO DE SEGURO SOCIAL ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Bermedo Pérez, Elizabeth del R.
------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: INGENIERO COMERCIAL
Simon Zerrano, Carlos Felipe
------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Torres Irarrázabal, Pedro
EX CAJA DE PREVISION SOCIAL DE LOS OBREROS MUNICIPALES DE LA REPUBLICA ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Riveaux Correa, Juan Sergio
EX CAJA DE RETIROS Y PREVISION SOCIAL DE LOS FERROCARRILES DEL ESTADO ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica -------------------------------------------------------
Henríquez Contador, Manuel
EX CAJA DE PREVISION DE LOS EMPLEADOS Y OBREROS DE LA EMPRESA METROPOLITANA DE OBRAS SANITARIAS (Departamento Empleados) ------------------------------------------------------- Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: EMPLEADOS ADMINISTRATIVOS
Lemus Bustos, Luisa Hortensia Galaz Ríos, Mario
3.- Los funcionarios antes señalados, ocuparán los cargos y grados que se indican, creados en el punto N° 1:
EN SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Nombre Escalafón Grado ------------------------------------------------------- Báez Salas, Viviana Naranjo Carvacho, Carmen Profesional Mercado Cabello, Roberto Administrativos Bermedo Pérez, Elizabeth Profesional Simon Serrano, Carlos Torres Irarrázabal, Pedro Profesional Riveaux Correa, Juan Sergio Profesional Henríquez Contador, Manuel Profesional Lemus Bustos, Luisa Galaz Ríos, Mario
4.- Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en 10 cargos e increméntese en igual número la de la Superintendencia de Seguridad Social. 5.- El Personal trasladado conservará el Régimen Previsional y de Desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con Fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y reajustable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorberán a medida de los ascensos del funcionario respectivo. 6.- Modifícase en los términos que a continuación se indican, los presupuestos de los Servicios Públicos que se señalan:
INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01)
Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones
21 Gastos en Personal 11.757 25 Transferencias Corrientes 11.757 32 Transferencias a Organismos del Sector Público 11.757
Créase
016 Superintendencia de Seguridad Social 11.757
SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (Partida 15, Capítulo 06, Programa 01)
Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones
Créase
06 Transferencias 11.757
Créase
62 De otros Organismos del Sector Público 11.757
Créase
001 Instituto de Normalización Previsional 11.757 21 Gastos en Personal 11.757
7.- Este Decreto con Fuerza de Ley comenzará a regir a contar desde el 28 de Agosto de 1989.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Enrique Seguel Morel, Brigadier General, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Santiago Plant Klapp, Subsecretario de Previsión Social.