ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LAS SECRETARIAS;REGIONALES DE PLANIFICACION Y COORDINACION AL ARTICULO;5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LAS SECRETARIAS REGIONALES DE PLANIFICACION Y COORDINACION AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834, SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Santiago, 26 de Febrero de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue:
D.F.L. Núm. 58-18.834.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios, de la ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto lo siguiente:
Decreto con Fuerza de Ley:
Artículo UNICO
Adécuanse las plantas y escalafones del personal de las Secretarías Regionales de Planificación y Coordinación a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala:
------------------------------------------------------- Situación Actual ------------------------------------------------------- ESCALAFON -------------------------------------------------------
DIRECTIVOS SUPERIORES
DIRECTIVOS JEFATURAS B
PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV. PROFESIONALES Y TECNICOS UNIV.
CONTADORES CONTADORES CONTADORES CONTADORES
OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS OFICIALES ADMINISTRATIVOS
CHOFERES CHOFERES AUXILIARES CHOFERES CHOFERES CHOFERES AUXILIARES CHOFERES AUXILIARES AUXILIARES
------------------------------------------------------- CARGOS -------------------------------------------------------
Secretarios Regionales de Planificación y Coordinación Jefes de Departamentos Jefes Administrativos
Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales y Técnicos Univ. Profesionales y Técnicos Univ.
Contador Contador Contador Contador
Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos Oficiales Administrativos
Choferes Choferes Auxiliares Choferes Choferes Choferes Auxiliares Choferes Auxiliares Auxiliares
TOTAL GENERAL 239
------------------------------------------------------- Adecuación según artículo 5° Ley N° 18.834 ------------------------------------------------------- PLANTA / CARGOS -------------------------------------------------------
DIRECTIVOS ---------- Secretarios Regionales de Planificación y Coordinación Jefes de Departamento Jefes de Subdepartamento
PROFESIONALES ------------- Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesionales Profesional Profesional
TECNICOS -------- Técnico Técnicos Técnico Técnicos
ADMINISTRATIVOS --------------- Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativos Administrativo Administrativo
AUXILIARES ---------- Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliares Auxiliar Auxiliar Auxiliares Auxiliar Auxiliares Auxiliar
TOTAL GENERAL 239
Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican:
1.- Planta de Directivos: Cargos de carrera de nivel de Subdepartamento o inferiores: Alternativamente:
Título profesional de una carrera de a lo menos 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. b) Título de una carrera de a lo menos 6 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste, y desempeño de a lo menos un año en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Profesionales, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta planta. c) Título de Técnico de una carrera de duración inferior a 6 semestres, otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste y desempeño de a lo menos 2 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos de escalafones que han pasado a integrar esta Planta. d) Desempeño de a lo menos 8 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta de Técnicos, o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrar esta Planta, más un curso de Gestión Directiva de 90 horas a lo menos. e) Desempeño de a lo menos 10 años en la Administración del Estado en cargos de la Planta Administrativa o en cargos que hubieren pertenecido a escalafones que han pasado a integrarla, uno de los cuales debe ser en cargos tope de esta planta, más un curso de Gestión Directiva de a lo menos 90 horas.
2.- Planta de Profesionales: Alternativamente:
Título profesional otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste.
3.- Planta de Técnicos: Alternativamente:
Título de Técnico, otorgado por un establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico-Profesional. c) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional Universitaria impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste.
4.- Planta de Administrativos: Licencia de Educación Media o equivalente.
5.- Planta de Auxiliares: Haber aprobado la Educación Básica.
Anótese, tómese razón, regístrese, publíquese y comuníquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, Capitán General, Presidente de la República.- Carlos Francisco Cáceres C., Ministro del Interior.- Martín Costabal Llona, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud., para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Gonzalo García Balmaceda, Subsecretario del Interior.