CREA CARGO EN LA PLANTA DE PERSONAL DEL SERVICIO DE SALUD IQUIQUE
Santiago, 31 de Diciembre de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 59.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio de las leyes N° 18.575 y N° 18.972; en los artículos 5° y 7° letra b) de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en los decretos con fuerza de ley N° 7, de 1980 y N° 6 de 1990, ambos del Ministerio de Salud; en el artículo 59 N° 2 de la ley N° 18.827; en el decreto ley N° 2.763 de 1979, y Considerando: - Que por oficio reservado N° 759, de 25 de octubre de 1990, el Director del Servicio de Salud Iquique, solicitó a don Renán Ordóñez Arancibia la renuncia no voluntaria al cargo que ocupaba en ese Organismo en calidad de titular, de Jefe del Departamento de Recursos Humanos, grado 7° E.U.S., a contar del 1° de noviembre de 1990. - Que el funcionario individualizado precedentemente presentó la renuncia no voluntaria a su empleo a contar de la fecha señalada, haciendo presente su opción de continuar desempeñandose en un cargo del mismo grado del que ocupaba, en extinción. - Que por resolución N° 207, de 31 de Octubre de 1990, el Director del Servicio de Salud Iquique aceptó la renuncia presentada por don Renán Ordóñez Arancibia, y Teniendo presente: Las facultades que me confieren los los artículos 61 y 62 N° 2 de la Constitución Política del Estado, dicto lo siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Créase, a contar de la fecha que se indica, en la Planta de Directivos del Servicio Salud Iquique, fijada por el decreto con fuerza de ley N° 7, de 1980. del Ministerio de Salud, sustituida por el artículo 59 N° 2, de la ley N° 18.827 y adecuada por el decreto con fuerza de ley N° 6, de 1990, de esa misma Secretaría de Estado, el siguiente cargo al cual accedió, por el solo ministerio de la ley, el funcionario que se individualiza: PLANTA DE DIRECTIVOS DOTACION ADICIONAL CARGOS EN EXTINCION _________ N° Grado Fecha Cargos Denominación E.U.S. Creación Nombre titular ___________ 1 Directivo
Artículo 2
El cargo antes señalado constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho cuando cese en sus funciones por cualquier causa el titular del mismo.
Artículo 3
El mayor gasto que represente la aplicación de este decreto con fuerza de ley, se imputará al subtítulo 21 del Presupuesto del Servicio de Salud Iquique.
Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Jorge Jiménez de la Jara, Ministro de Salud. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Dr. Patricio Silva Rojas, Subsecretario de Salud.
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