ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA SECRETARIA;GENERAL DE LA PRESIDENCIA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N°;18.834 SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO
ADECUA PLANTAS Y ESCALAFONES DE LA SECRETARIA GENERAL DE LA PRESIDENCIA, AL ARTICULO 5° DE LA LEY N° 18.834 SOBRE ESTATUTO ADMINISTRATIVO Santiago, 22 de Marzo de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D:F.L. N° 62-18.834.- Vistos: Las facultades que me confieren los artículos 1° y 2° transitorios de la Ley N° 18.834, que aprobó el Estatuto Administrativo, dicto el siguiente Decreto con Fuerza de Ley
Artículo UNICO
Artículo único: Adécuanse las plantas y escalafones del personal de la Secretaría General de la Presidencia a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 18.834, en la forma que se señala: ________ SITUACION ACTUAL _______ ESCALAFON CARGOS _________ JEFES SUPERIOR DEL SERVICIO _____________
Secretario General de la Presidencia DIRECTIVOS SUPERIORES _____________ Jefes División Jefe Departamento
DIRECTIVOS ----------
Directivo Directivo Directivo
JEFATURAS A ----------- Jefatura A
JEFATURAS B ----------- Jefatura B
PROFESIONALES Y TECNICOS ------------------------ UNIVERSITARIOS -------------- Profesionales Profesional Profesionales Profesional Profesional Profesional Técnico Universitario
CONTADORES ---------- Contador
SECRETARIAS EJECUTIVAS ---------------------- Secretarias Ejecutivas I Secretarias Ejecutivas I Secretarias Ejecutivas I
SECRETARIAS ----------- Secretarias Secretarias
OFICIALES ADMINISTRATIVOS ------------------------- Oficial Administrativo I Oficiales Administrativos II Oficiales Administrativos II
Oficial Administrativo II Oficial Administrativo III Oficial Administrativo III
MAYORDOMOS --------- Mayordomo
CHOFERES -------- Choferes Choferes Chofer
AUXILIARES ---------- Auxiliares Auxiliares Auxiliares
________ ADECUACION SEGUN ARTICULO 5° LEY N° 18.834 _______ PLANTA _________ I. CARGOS DE EXCLUSIVA CONFIANZA -------------------------------- Secretario General 1-B 1 de la Presidencia
DIRECTIVOS ---------- Jefes Departamentos Jefe Departamento
Jefe Departamento Jefe Departamento Jefe Departamento
II. CARGOS DE CARRERA --------------------- Jefe Subdepartamento
PROFESIONALES ------------- Profesionales Profesional Profesionales Profesional Profesional Profesional Profesional
Técnico
ADMINISTRATIVOS --------------- Administrativos Administrativos Administrativos
Administrativos Administrativos
--------------- ___ ___ Administrativos
Administrativos
Administrativo Administrativo Administrativo
AUXILIARES ---------- Auxiliares
---------- ___ ___ Auxiliares Auxiliares
---------- ___ __ ---------- ___ __ Auxiliares _____________ Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se indican: 1.- Planta de Profesionales Alternativamente: a) Título profesional de una carrera con un currículum de a lo menos 6 semestres de duración otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. b) Grado académico de licenciado, magister o doctor, otorgado por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 2.- Planta de Técnicos Alternativamente: a) Título de Técnico o equivalente de una carrera con un currículum inferior a 6 semestres de duración, otorgado por un instituto o establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. b) Título de Técnico otorgado por un establecimiento de Educación Media Técnico Profesional. c) Haber aprobado a lo menos 4 semestres de una carrera profesional universitaria impartida por una Universidad del Estado o reconocida por éste. 3.- Planta de Administrativos: -Licencia de Educación Media o equivalente. 4.- Planta de Auxiliares: -Haber aprobado la Educación Básica.
Anexo
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA División Jurídica División de Toma de Razón y Registro Cursa con alcance DFL N° 62-18.834, de 1990, del Ministerio del Interior N° 11.145.- Santiago, 12 de Abril de 1990. Mediante el decreto con fuerza de ley del epígrafe, documento que ha sido dictado por el Presidente de la República en virtud de la facultad que le otorga el artículo 1° transitorio de la ley N° 18.834, se adecuan la planta y escalafones de la Secretaría General de la Presidencia a las plantas establecidas en el artículo 5° permanente de la ley citada. Esta Contraloría General ha tomado razón de dicho cuerpo legal en el entendido que el Secretario General de la Presidencia es Jefe Superior de Servicio, los cargos de jefe de Subdepartamento grado 10° y 12°, forman parte de la planta de Directivos y el de Técnico grado 10° integra la planta de Técnicos, denominaciones que se han omitido en el documento adjunto. Dios guarde a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro del Interior Presente
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior.- Tomás Alejandro Foxley Rioseco, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.