CREA CARGO PARALELO QUE INDICA

Rango Decreto con Fuerza de Ley
Publicación 1991-01-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL INTERIOR
artículos 4
Historial de reformas JSON API

Santiago, 30 de Octubre de 1990.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 80-18.972.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 2° transitorio, agregado a la Ley N° 18.575; el artículo 2° transitorio, inciso segundo de la Ley N° 18.972; el DFL. N° 60-18.834, de 1990, que adecua la Planta del Servicio de Gobierno Interior y considerando, que se ha aceptado la renuncia no voluntaria de doña Nancy Aracena Aracena, Jefe de Departamento, grado 6° de la escala única de remuneraciones del citado Servicio, quien ha optado por permanecer en un cargo paralelo de igual grado y remuneraciones, según resolución N° 425, de 1990, de esta Secretaría de Estado, dicto lo siguiente, Decreto con fuerza de ley:

Artículo 1

Créase, en la Planta de Directivos, del Servicio de Gobierno Interior, un (1) cargo paralelo grado 6° de la escala única de remuneraciones, a contar del 1° de Noviembre de 1990.

Artículo 2

El cargo creado será ocupado por doña Nancy Aracena Aracena (RUN. 3.515.806-5), Asistente Social, con desempeño en la Intendencia de la Región Metropolitana, quien hizo uso de la opción de permanecer en igual cargo y remuneraciones.

Artículo 3

Déjase constancia, que el cargo creado en el artículo 1°, constituirá dotación adicional y se extinguirá de pleno derecho al momento del cese de funciones por cualquier causa de la señora Aracena Aracena.

Artículo 4

Impútese, el gasto correspondiente al Item 21.01.001, del Presupuesto del Servicio de Gobierno Interior.

Tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- PATRICIO AYLWIN AZOCAR, Presidente de la República.- Enrique Krauss Rusque, Ministro del Interior. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda a Ud.- Belisario Velasco Baraona, Subsecretario del Interior.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.