TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL A LA MUNICIPALIDAD DE LANCO
Santiago, 17 de julio de 1989.- Hoy se decretó lo siguiente: D.F.L. N° 95.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio, en relación con los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del Art. 5° de la Ley N° 18.689, Art. 99° de la Ley N° 18.768 y Ley N° 18.764. Decreto:
Artículo 1
Auméntase en 1 cargo la planta de personal de la Municipalidad de Lanco en el escalafón y grado que se indica:
Escalafón Administrativos
Trasládase del Instituto de Normalización Previsional a la Municipalidad de Lanco, al funcionario que a continuación se individualiza, para ocupar el cargo creado en el N° anterior: EX SERVICIO DE SEGURO SOCIAL
_____________ Nombre (nivel) Grado Calidad jurídica ------------------------------------------------------- ESCALAFON: OFICIALES ADMINISTRATIVOS
Molina Mora Antonio
Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en un cargo e increméntese en igual número la de la Municipalidad de Lanco. 4. El personal trasladado conservará el régimen previsional y de desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el D. L. N° 3.500, de 1980.- Los funcionaros que sean traspasados en virtud de este Decreto con Fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y reajustable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorverán a medida de los ascensos del funcionario respectivo. 5.- Modifícase el Presupuesto vigente del Instituto de Normalización Previsional (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01) en los siguientes términos:
Subt. Item Asig. Incrementos Reducciones 21 Gastos en Personal 205 25 Transferencias Corrientes 205 33 Transferencias a Otras Entidades Públicas 205
Créase
048 Municipalidad de Lanco 205
Este Decreto con Fuerza de Ley, comenzará a regir a contar desde el 28 de Agosto de 1989.
Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Enrique Seguel Morel, Brigadier General, Ministro de Hacienda.- Carlos Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social. Tómese razón, comuníquese, publíquese e insértese en la recopilación que corresponda de la Contraloría General de la República.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Guillermo Arthur Errázuriz, Ministro del Trabajo y Previsión Social.- Carlos Cáceres Contreras, Ministro del Interior.- Enrique Seguel Morel, Brigadier General, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a U. para su conocimiento.- Saluda a U.- Santiago Planta Klapp, Subsecretario de Previsión Social.
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