ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL
ADECUA, MODIFICA Y ESTABLECE PLANTA DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHAÑARAL Santiago, 8 de Agosto de 1994.- Hoy se decretó lo que sigue: D.F.L. Núm. 100-19.321.- Visto: Las facultades otorgadas por la ley N° 19.321, dicto el siguiente: Decreto con fuerza de ley:
Artículo 1
Adécuanse la planta y escalafones del personal de la Municipalidad de Chañaral a lo dispuesto en el artículo 7° de la ley N° 18.883, en la forma que se señala: _________ | NOTA: VER DIARIO OFICIAL N° 34.966 DE 14 DE | | SEPTIEMBRE DE 1994, PAGINAS 3 Y 4. | |_________|
Artículo 2
De conformidad a lo establecido en el artículo 2° de la ley N° 19.280, modifícase la planta de personal de la Municipalidad de Chañaral en el siguiente sentido: A.- Créanse los cargos que se señalan: Planta Cargo Grado Cargos _____________ Directivos Planificación y Coordinación
Profesionales Profesionales
Técnicos
Administrativos Administrativo
B.- Suprímense los cargos que se indican: Planta Cargo Grado Cargos _____________ Profesionales Profesional
Administrativos Administrativos
Auxiliares
C.- Modifícanse los grados de los cargos que se indican: Planta Cargo Actual Modificado Cargos _____________
Técnicos
Administrativos Administrativos 14°
Auxiliares
Artículo 3
Establécese la planta de personal de la Municipalidad de Chañaral: Planta Cargo Grado Cargos _____________ Alcaldes
Directivos Planificación y Coordinación Municipales Comunitario Ornato
Jefaturas
Profesionales Profesionales Profesionales Ley 11 hrs./s.
Técnicos
Administrativos Administrativos
Auxiliares TOTAL CARGOS 52 más 11 hrs./s. Profesionales
Artículo 4
Fíjanse los siguientes requisitos específicos para el desempeño de los cargos que se mencionan: Planta Cargo Grado Requisitos _____________ Jefaturas
Técnicos
Auxiliares
Anexo
Cursa con alcance DFL. 100-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior N° 30.753.- Santiago, 2 de Septiembre de 1994. La Contraloría General ha dado curso al decreto del rubro que aprueba la planta del personal de la Municipalidad de Chañaral, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2° de la Ley 19.280 y único de la ley 19.321, pero debe, no obstante, hacer presente, que de conformidad con lo que previenen los artículos 7° de la ley 18.883 y 11 de la ley 19.280, la planta de profesionales antecede a la de jefaturas, y no como se establece en el artículo 3° del documento en análisis, en que esta última se antepone a aquélla. Con el alcance anotado, este Organismo de Control ha tomado razón del instrumento del epígrafe. Saluda atentamente a US.- Osvaldo Iturriaga Ruiz, Contralor General de la República. Al señor Ministro del Interior Presente
Anótese, tómese razón, regístrese, comuníquese y publíquese.- EDUARDO FREI RUIZ-TAGLE, Presidente de la República.- Germán Correa Díaz, Ministro del Interior.- Eduardo Aninat Ureta, Ministro de Hacienda. Lo que transcribo a usted, para su conocimiento.- Saluda a Ud., Jorge Rodríguez Grossi, Subsecretario de Desarrollo Regional y Administrativo.
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